jueves, 31 de marzo de 2011

MUERTE EN TALLERES CLANDESTINOS

Hace cinco años murieron una mujer y cinco niños, atrapados en un taller de costura. Hoy están imputados los regentes del lugar y funcionarios del área de control, pero los dueños del local no fueron citados por la Justicia.


Los activistas remarcan las siluetas sobre la pared y apuntan, a la altura del pecho, los nombres de los muertos en el incendio del taller textil clandestino del barrio porteño de Caballito, hace cinco años. Son Wilfredo, 15 años; Juana, 25; Rodrigo, 4; Harry, 3; Elías, 10 y Luis, 4. Todos ellos eran bolivianos y llegaron al país, como remarca Juan Ino, un coterráneo de la Asociación Consejo Solidario, “engañados con promesas de un salario de 200 dólares, el doble del básico que se cobra en Bolivia”. Tras el incendio, vino una compleja trama judicial repleta de aprietes a sobrevivientes para que desistieran de sostener denuncias, según advierten dirigentes de la comunidad boliviana. Estas maniobras dilatorias ya dieron sus frutos: prescribió la causa por “incumplimiento de deberes de funcionarios públicos” contra algunos integrantes del Departamento de Control y Verificación de Gestión Comunal.

“Más allá de la denuncia mediática, para nosotros es importante recordar lo ocurrido y producir más discusión. Es la forma de evitar los prejuicios que se tienen sobre la comunidad boliviana, eso de que no reclamamos y que somos sumisos”, dice Delia Colque, del Colectivo Simbiosis Cultural. Enfrente suyo está el taller clandestino, en Luis Viale 1269, donde ayer hubo una radio abierta y se vendió un libro de la editorial Tinta Limón con tapa de retazos de tela: De Chuequistas y Overlockas.

El nombre del libro, hecho por el Colectivo Situaciones y Simbiosis Cultural, refiere a los principiantes que no dominan la máquina recta y les salen “chuecas” las líneas y a las costureras a cargo de las Overlock. Adentro hay reportajes con diplomáticos, dirigentes cuestionados de la comunidad como Alfredo Ayala y ex “empleados” de talleres. “El reclamo por regularizar la actividad fue silenciado por los gobiernos de Bolivia y Argentina y los supuestos dirigentes de la comunidad son los que defienden a los talleristas y a los que explotan compatriotas en las granjas y en las quintas”, denuncia Juan Estrada, de Simbiosis Cultural.

En medio del acto, varios dirigentes de la Asamblea Coro Mayta señalan las complicidades de las grandes marcas de ropa y también de las ferias ilegales, a donde van a parar las piezas de los talleres clandestinos. “Y además está la trata de personas que empieza en La Paz, Oruro y Potosí. Allá hay propagandas en las radios y en los diarios para venir a trabajar y eso no se denuncia”, dice Víctor Yanque, de esa Asamblea. Y sigue: “El ex cónsul José González contó que su antecesor mediaba entre costureros y talleristas para que no se avanzaran las denuncias de los costureros”.

Los escasos avances en materia judicial en esta causa también generan inquietud entre quienes se manifiestan. Según comentan Yanque y Juan Ino, no se tuvo más noticia de los sobrevivientes y de los familiares de las víctimas. “Fueron presionados y amenazados para que no hagan demandas y de a poco se fueron. Algunos a Bolivia, otros ni siquiera sabemos. Hoy no está ningunos de ellos en este acto”, observa Yanque. Sólo Luis Fernando Rodríguez y su esposa, Sara Gómez, padres del pequeño Harry, demandaron a los dueños y regentes del taller y a varios funcionarios. Hoy viven en Bolivia.

Según el abogado querellante, Gabriel Chamorro, la causa penal llegará a juicio oral porque la Cámara de Casación rechazó el pedido de la fiscalía de hacer un juicio abreviado, en el que los acusados reconocen su culpa y reciben una pena menor. En la causa están involucrados dos regentes del taller y los funcionarios del Departamento de Control y Verificación de Gestión Comunal, imputados por homicidio culposo. Los dueños del lugar ni siquiera fueron citados a declarar.

“Después hay una causa en la Justicia civil, que no va a prescribir y que es contra varios funcionarios del gobierno porteño de entonces, los dueños y también los que regenteaban el taller. Está en el Juzgado civil 39, en Retiro, pero no avanza. Quedó vacante el cargo del juez”, asegura Chamorro.

miércoles, 30 de marzo de 2011

TRABAJO RURAL O SEMI ESCLAVITUD


Hacinamiento, largas jornadas, paga mínima, incumplimiento de todos los derechos laborales. De Mendoza a Salta, de Río Negro a Misiones: la explotación laboral del trabajador rural. La responsabilidad privada y estatal.



“El estado de los obreros en el ingenio es mísero y desastroso, la explotación inicua y el trabajo brutal (…) He visto en todo el interior la explotación inicua del vale de proveeduría (…) el trabajo de la mujer y del niño se explotan con igual intensidad en Cuyo que en el resto de la República, y acaso más en la época de cosecha”. Fechado el 30 de abril de 1904, escrito por Juan Bialet Massé, en su histórico “Informe sobre el estado de las clases obreras argentinas”, señalado como el primer compendio de la situación de los trabajadores del país. A 107 años de aquella investigación, en el campo argentino se repiten las escenas de explotación laboral, jornadas de trabajo de hasta 16 horas, pagas mínimas, ausencia de día de descanso, amenazas y maltratos, alimentación escasa, personas obligadas a vivir en taperas o bajo plásticos. Organizaciones campesinas, ONG y académicos coinciden: el trabajo rural en situaciones de explotación está presente en todas las latitudes de la Argentina y es una práctica generalizada en el campo profundo. Radiografía del trabajo rural, un círculo de pobreza e injusticias que se repite desde hace más de un siglo. De sol a sol. Es la carecterística del trabajo en el campo. Y la cosecha de uva no es la excepción. Mendoza tiene tradición en vinos, y también en explotación laboral. Trabaja toda la familia. Mujeres y niños cortan los racimos y ayudan en el llenado de un tacho rectangular de 20 litros. Los hombres “tachan”, que implica el cargado del recipiente y lo descargan en camiones. Por cada tacho le dan una ficha (que vale aproximadamente un peso), que la familia acumula hasta el sábado, donde –si no hay despido antes– se cobra. Todo depende de la pericia, y suerte. En un día muy bueno (los menos) se pueden reúnir 150 fichas, pero también pueden ser 50, por el trabajo de toda la familia. También es común que la ficha sea moneda de cambio en las provedurías de la finca o los almacenes del pueblo, siempre a menor valor que si fuera dinero efectivo.



“Los cosechadores son llevados en camiones a las fincas como vacas. Y en muchos casos los trabajadores golondrinas están en carpas tipo circo donde duermen todos amontonados, cocinan con fuego al aire libre, sin luz y el agua se la venden. Se trabaja de sol a sol y acá los calores son mortales, lo que le agrega un condimento extra porque el sol cuyano es muy bravo. Los baños no existen. La paga es una miseria, sólo para sobrevivir”, explica Diego Montón, de la Unión de Trabajadores Rurales Sin Tierra (UST), organización que practica el trabajo cooperativo, los alimentos sanos (libres de agroquímicos) y el comercio justo. Un ejemplo es su vino “Campesino”, libre de explotación laboral.



También en Mendoza, idéntica explotación padecen los trabajadores del ajo. Las denuncias públicas y judiciales recaen, entre otras, sobre la Cooperativa de Trabajo Agrícola Colonia Barraquero, que en realidad es una empresa con 17.000 trabajadores obligados a inscribirse como monotributistas y sorportaban condiciones de explotación, insalubridad, hacinamiento y trabajo infantil.



En noviembre de 2008 un grupo de trabajadores se rebeló y comenzó una manifestación en el frente de la empresa, en el departamento de Maipú. Denunciaron la explotación en sus tres eslavones: siembra, cosecha y empaque. Sobrevino la represión policial y, producto de las heridas, la muerte del trabajador Juan Carlos Erazo.


“Siempre nos explotaron, trabajábamos hasta 16 horas. Pero ya era mucho. Nos animamos y dijimos basta. Nos costó amenazas, golpes y la muerte de un compañero. El sindicato y el gobierno nos dejaron solos, pero salimos adelante”, relata Fabián Bravo, presidente de la Cooperativa Irigoyen e integrante del flamante Sindicato de Trabajadores del Ajo y Afines (Sitraaj).


Hace seis años que trabaja en el ajo. Y su esposa, Graciela, “desde que tiene memoria”. Cuando era niña acompañaba a sus padres y creció en la cosecha y el empaque. “Desde siempre fuimos explotados”, resume.


La jornada arranca a las 6, media hora de descanso al mediodía y llegaban a trabajar hasta la medianoche, siempre en falsas cooperativas que responden a alguna de las diez empresas que dominan el sector. El kilo de ajo lo pagan 30 centavos al productor y luego lo venden a Europa por nueve euros. El cosechador nunca obtiene más de 60 pesos por día, los baños no existen, el agua escasea. “Todo es explotación. Desde lo que se paga al pequeño productor por la cosecha hasta lo que toca al trabajador. Nosotros, autogestivamente, cobramos el doble y también pagamos el doble a los pequeños productores”, remarca orgulloso Bravo.


La producción de frutas en Río Negro tiene tradición en mano de obra temporaria. La gran mayoría de trabajadores llegan desde el norte del país. Incluso el gobierno tucumano tiene un convenio con Río Negro para “facilitar” los jornaleros. Desde la Dirección de Programas Especiales de la Secretaría de Trabajo de Tucumán se pagan los micros que trasladan aproximadamente a 16 mil trabajadores, de un total de 25 mil que –según cifras oficiales- migran por temporada. La primera quincena de enero los envían a Río Negro (unas once mil personas). El resto migra a Mendoza, San Juan y La Rioja. “Todos en blanco”, se apuran a aclarar en las gacetillas oficiales, donde se reconoce que se moviliza a familias enteras.


Escasean las estadísticas referidas al trabajo rural. Según la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre) de Río Negro, sólo en las chacras de San Patricio del Chañar, a 55 kilómetros al norte de la capital provincial, cada año llegan 4000 personas para la cosecha de manzana, pera y cereza. El gobierno nacional sostiene que, en el campo, el “trabajo no registrado” es del 50 por ciento, en base a al Censo Nacional de 2001, la Encuesta Permanente de Hogares de 2010 y el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA, donde figuran registrados 400 mil trabajadores rurales). Pero Uatre maneja otras cifras: 800 mil trabajadores registrados y 700 mil “en negro”.


El libro “Los asalariados del campo en la Argentina”, editado por la entonces Secretaría de Agricultura y realizado por seis investigadores del Centro de Estudios e Investigaciones Laborales (CEIL-Piette), encabezado por el sociólogo Guillermo Neiman, precisa en base a datos oficiales: en el 2001, el 8,9 por ciento de los asalariados argentinos se desempeña en el campo (894 mil personas), de los cuales el 54 por ciento son empleados, 25 por ciento trabajadores “por cuenta propia”, 12 por ciento familiares y 9 por ciento son empleadores. Casi un tercio de los establecimientos agropecuarios (104 mil) cuentan con trabajadores transitorios.


En Río negro las denuncias se repiten cada año. En enero de 2010, los diarios provinciales volvieron a poner (como todos los años en época de cosecha) las denuncias. Cientos de trabajadores estaban hacinados en un galpón de la localidad de Lamarque. Les habían ofrecido 81 pesos por día y vivienda. En cambio le daban 30 pesos y un tinglado superpoblado. La mitad de los trabajadores dormía sobre el piso. Si alguien reclamaba, en el predio había policías de la provincia que amenazaban con reprimir.


En diciembre volvieron a repetirse las denuncias. Partieron de mujeres santiagueñas que, desde la provincia norteña, denunciaron el trato que padecían sus esposos, hijos y hermanos en la localidad de Choele Choel. Los trabajadores no podían salir de las chacras y sólo podían pedir ayuda por mensaje de texto. Se repetían las condiciones de trabajo y alojamiento, les pagaban menos de lo pautado, los alimentos a precios altos y efectivos policiales golpeaban a quienes querían abandonar el trabajo.


“Ahí están, hormigueando entre las plantas verdes, con sus caras oscuras, sus ropas remendadas, sus manos ennegrecidas: la muchedumbre de los tarefereos (cosechadores de yerba). Hombres, mujeres, chicos, el trabajo no hace distingos (…) La yerba, la gran riqueza de Misiones construida sobre un mar de sufrimientos”. Escrito en 1966 por Rodolfo Walsh en la revista Panorama. Detalla que apenas ganan para el pan, no pueden comprar más de medio kilo de carne a la semana, trabajadores explotados que sobreviven a mate.


“La situación es la misma. O peor”, afirma Sonia Lemos, 30 años, delegada del flamante Sindicato de Tareferos de Misiones, nacido hace dos años para luchar por los derechos del eslabón más débil de una industria millonaria. La tarefa consiste en podar la planta y separar la hoja del palo. Se acumula sobre plásticos abiertos como mantel, donde se acumula el montículo de yerba. Luego se unen las puntas y forman una gran bolsa: el “raído”. Trabaja toda la familia y cada raído se lo pagan trece pesos.


“Con mucha suerte, cuatro raídos hacemos. Pero hay veces que sólo dos”, explica Lemos. Traducido: por día de trabajo obtienen entre 26 y 52 pesos.


“No queremos que ningún hijo nuestro muera más de hambre en Misiones”, reclamaron los mismos tareferos en noviembre pasado, cuando llegaron hasta Buenos Aires para denunciar la explotación laboral, salarial y la criminalización que padecen que reclamar. Ante el abandono de la Uatre, se organizaron para enfrentar la explotación de largas jornadas de trabajo, paga escasa y la condena a un círculo de pobreza.


El objetivo era visibilizar la situación que ya se había cobrado la muerte de dos niños por desnutrición. “Nos duele reconocer que el hambre está instalado en nuestras casas desde hace mucho tiempo y que se ha convertido en uno de los dolores más difíciles de enfrentar porque con ella no se puede pensar, no se puede trabajar. De hambre nos estamos enfermando y muriendo”, denunciaron y se movilizaron hasta el Obelisco porteño con una consigna que interpelaba en busca de solidaridad: “Que el placer de tomar mate no siga descansando sobre la esclavitud de los tareferos”.


No los recibió ningún funcionario. Ni siquiera lograron que el Anses cumpla con la devolución de las asignaciones familiares retenidas arbitrariamente. Volvieron con las manos vacías. “Siempre nos explotaron, pero ahora estamos organizados. No es fácil, pero en eso estamos. Éramos sólo veinte, ahora ya somos 300. Será largo, ya no creemos en los contratistas ni políticos, haremos valer nuestros derechos”, advierte firma la delegada gremial.


A mediados de enero volvieron a reclamar mejoras y evidenciar la falta de respuesta estatal. La última semana de enero hicieron público que en Caraguatay (centro de la provincia) había trabajadores en negro, con largas jornadas de trabajo, hacinamiento, niños en los yerbales, sin camas ni colchones, sin agua ni baños, pago en vales, sin heladera, con la carne cruda colgada a la intemperie. Trabajaban en esas condiciones toda la semana, por una paga de 120 pesos a la semana.


Guillermo Neiman es sociólogo, investigador del Conicet y coordinador académico de la maestría en estudios sociales agrarios de Flacso. “La cadena de complicidades incluye a los empresarios, intermediarios, sindicatos y Estado”, resume. Afirma que el “trabajo precario” rural es tan histórico como generalizado, y cuestiona a los empresarios agrarios: “Por el nivel de rentabilidad del agro actual no se entiende que sigan manteniendo el trabajo precario. No se justifica de ninguna manera, desde una lógica de rentabilidad, que los salarios sean tan bajos y que permanezca el trabajo en negro”.


Denuncia que para el campo no hay estadísticas actualizadas. Reconoce que deben manejarse con el entrecruce del Censo Nacional 2001 y el Censo Agropecuario de 2002, que es contestado por los patrones, no por los trabajadores. La Encuesta Permanente de Hogares se realiza en ciudades, por lo cual vuelve a quedar afuera el sector rural. “Hay personas que no quieren que se conozca la realidad rural, donde no hay dudas que la pobreza y la desocupación son superiores a la publicitada, que siempre es una proyección de lo urbano”, afirma.


Neiman explica que la explotación laboral no se da sólo en el trabajador “golondrina”, sino también en el permanente, aunque siempre es mayor en los trabajos estacionales, donde se requiere mano de obra intensiva por época. “Los controles son insuficientes. Es necesaria una participación actividad del Estado, es el único que puede modificar el trabajo rural precario”, insta a actuar.


Diego Domínguez es sociólogo e investigador del Instituto Gino Germani de la Universidad de Buenos Aires. No naturaliza ni resta importancia a la explotación laboral en el campo, pero encuentra una coherencia histórica en la clase dirigente: “Argentina se elevó como Nación sobre la esclavitud encubierta de los gauchos y los indígenas. Entonces hoy no sorprende que, bajo el discurso de un agro exitoso, hombres, mujeres y niños padezcan la peor explotación, es una continuidad histórica

10 TEMAS DE LA JUSTICIA DEL TRABAJO


Los tribunales del fuero del trabajo no dejan de sumar nuevas causas en las que los empleados formulan reclamos contra las empresas que contemplan causales tales como mobbing, discriminación por cuestiones sindicales, diferencias salariales, daño moral, irregularidades en la registración del vínculo laboral, entre otras que dan lugar al pago de multas y resarcimientos.
Sin embargo, la multiplicidad de juicios no es el único problema. Sucede que, en la actualidad, los empresarios se enfrentan a que los magistrados no aplican un criterio uniforme para resolver los litigios -originados por motivos análogos- y esto termina traduciéndose en un fuerte incremento de los montos indemnizatorios, que suele distar de las previsiones iniciales de la compañía al momento de decidir un despido.
En este sentido, un dato revelador es que, en este último año, la litigiosidad se incrementó un 50% en la Justicia Nacional del Trabajo debido a que han ingresado aproximadamente 5.000 causas por mes, el doble de hace tres años.
1.- Reinstalación de empleados
Este año, la Corte Suprema de Justicia, en el caso "Álvarez contra Cencosud", le ordenó a la compañía que explota el hipermercado Easy la reincorporación en sus puestos de trabajo de un grupo de empleados, luego de considerar que las cesantías fueron producto de un acto de discriminación.
Sucede que los dependientes habían solicitado un plus salarial que les fue denegado por la firma, que decidió despedirlos sin justa causa. Esto derivó en un reclamo judicial en el que los mismos adujeron haber sido discriminados y, consecuentemente, pedían volver a sus puestos de trabajo.
En este escenario, el máximo tribunal avaló a los trabajadores y sostuvo que la Ley 23.592, que penaliza los actos discriminatorios, resulta aplicable a los empleados del sector privado que no gozan de protección sindical, sentando así un importante precedente de alto impacto para las empresas.
2.- Sumas no remunerativas
En la causa "González contra Polimat", la Corte consideró "remunerativos" los aumentos salariales de emergencia dispuestos durante el gobierno de Eduardo Duhalde, destinados a "corregir el deterioro" de "las remuneraciones en general y los salarios de menor cuantía, en especial".
Dichos incrementos de entre $100 y $200 fueron otorgados por el Gobierno tras la crisis de fines de 2001, y aplicados a los trabajadores privados entre el 1º de julio de 2002 y el 1º de mayo de 2003.
Para los expertos, luego de este fallo será cada vez más difícil entregar a los dependientes distintas prestaciones que no generen el pago de cargas sociales, porque serán incluidas por la Justicia en la indemnización.
3.- Empleo dependiente encubierto
En tanto, en el caso "Ramos c/Estado Nacional", el máximo tribunal consideró procedente el reclamo indemnizatorio formulado por un empleado que, durante más de 20 años, había prestado servicios para la Armada Argentina.
El vínculo laboral, iniciado en 1976, se había prolongado por el lapso indicado debido a la renovación sucesiva de contratos por tiempo determinado, hasta que, en abril de 1998, el Estado decidió disolverlo a fin de reducir el presupuesto del Ejército.
En este contexto, la Corte decidió que un trabajador contratado por el Estado debía cobrar una indemnización como si se tratara de un empleado en relación de dependencia.
La sentencia toma aún mayor relevancia, al convertirse en un verdadero llamado de atención para las firmas que desnaturalizan la utilización de la figura del monotributista para encubrir verdaderas relaciones de dependencia. A través de tal maniobra, las compañías evaden hasta la mitad de las cargas sociales a cancelar.
4.- y 5.- Fallos plenarios
A través de dos fallos plenarios, la Cámara Nacional del Trabajo definió la fecha de finalización de la llamada "doble indemnización" y la procedencia de la indemnización por trabajo no registrado en caso de intermediación.
En el primer litigio, "Lawson, Pedro José c/Swiss Medical S. A. s/Despido", el pleno de la Cámara Laboral consideró que el incremento indemnizatorio de la Ley 25.561 -que estableció la suspensión de "los despidos sin causa justificada" y fijó que "los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados el doble de la indemnización que les correspondiese" ante un despido- operó hasta el 11 de septiembre de 2007.
Para los camaristas, la norma quedó derogada con el dictado del decreto 1224/2007 de Cristina Kirchner, ya que la tasa de desocupación, entonces, era menor del 10%, condición que se había establecido para finalizar con este beneficio para los empleados.
En tanto, en la causa "Vásquez", el tribunal sostuvo que si el trabajador ha sido empleado directo de la empresa usuaria de sus servicios, procede la indemnización prevista en la Ley 24.013, "aunque el contrato de trabajo haya sido inscripto solamente por la empresa intermediaria".
Es decir, las empresas que contraten empleados mediante agencias de servicios eventuales, excediendo los límites legales, deberán pagar una multa del 25% de los salarios devengados desde el inicio de la relación a favor del trabajador.
6.- Accidentes de trabajo
Por otro lado, la Justicia mendocina, en el fallo "Pizarro Dengra, Ariel Héctor c/La Segunda ART s/accidente", ordenó calcular el resarcimiento por un accidente ocurrido en el 2006, y aún no pagado, con los montos estipulados por el decreto 1694/2009, que elevó los importes para los infortunios ocurridos a partir del 6 de noviembre de 2009. Con la nueva base de cálculo, la cifra resarcitoria se elevó en casi $100.000.
De acuerdo a este antecedente, varios trabajadores accidentados antes de la fecha mencionada que aún no percibieron su indemnización, comenzaron a solicitar que a sus reclamos les fueran aplicados los nuevos montos.
Es por eso que los abogados y asesores de empresas ya advierten de una nueva tendencia, habida cuenta de que los tribunales de primera instancia convalidaron tales solicitudes.
7.- Stock options y tarjetas corporativas
En la causa "Laffaye Sergio c/BNP Paribas Sucursal Buenos Aires s/despido", los magistrados de la sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo debieron definir si las stock options y los gastos efectuados con las tarjetas corporativas debían contemplarse o no a los fines de determinar la indemnización por despido de un empleado de nivel jerárquico.
Los jueces desconocieron el carácter remuneratorio de las mismas al equipararlas con las gratificaciones. Por otro lado, el fallo puntualizó que los gastos de representación efectuados por el empleado, mediante una tarjeta corporativa, revestían naturaleza remuneratoria.
8.- Certificados de trabajo
La misma Cámara, pero en este caso la sala IV, en los autos "Agrocomodities S.A. c/Barroti Acuña Marcelo Gustavo s/consignación" emitió una sentencia que ratifica el criterio por el cual la única certificación de servicios y remuneraciones válida es la generada a través del formulario de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) emitida desde la página web del organismo.
Este fue el primer fallo de segunda instancia que sigue esta tendencia, que desecha la emisión manual de este documento.
En la mencionada constancia se refleja el entrecruzamiento de datos en materia de cotizaciones con destino a la seguridad social ingresadas en relación con el empleado al que se desvinculó.
La no entrega o entrega tardía de la misma genera una responsabilidad indemnizatoria equivalente a tres veces la remuneración mensual devengada
9.- Responsabilidad de los socios
Por otro lado, la Corte bonaerense, en el caso "De Luca Marcelo F. c/Manfidan SRL y otros", desestimó el reclamo de un empleado que pretendía que se extendiera la responsabilidad a los socios, directivos y representantes de una SRL porque cobraba parte de su salario "en negro".
El tribunal consideró que, al estar registrada la relación laboral, no existió fraude a la ley vigente sino una infracción que está penada por otras normas. También se tuvo en cuenta que la compañía había sido constituida de forma previa al inicio de la relación de trabajo.
10.- Mobbing
En tanto, en el caso "Bonelli, María Inés c/Medife Asociación Civil y otro s/despido", la sala VII de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, dispuso condenar solidariamente a un grupo de compañías por daño moral y daño psíquico, en virtud del reclamo de una empleada que adujo ser sometida a una constante rotación de sucursales donde trabajaba y víctima de una sistemática comunicación hostil de parte de su supervisora.
Lo curioso del caso fue que sólo cobraba poco más de $2.000 y que, habiendo trabajado no más de dos años, terminó recibiendo casi $125.000. A dicha cifra se llegó porque los jueces hicieron lugar al rubro de "daño psíquico" y fijándolo en $36.000 y también al pedido de resarcimiento por daño moral, al que estipularon en $45.000.
Es necesaria una ley que distinga cuáles son las conductas que tipifican al mobbing o acoso moral y cuáles no, a los fines de no caer en confusión con otras figuras como el burn out, el estrés laboral o el acoso sexual entre otras

martes, 29 de marzo de 2011

CASOS DE DISCRIMINACION - QUE HACER


Todas aquellas personas cuyos derechos se ven afectados al ser discriminadas por su origen étnico o su nacionalidad, por sus opiniones políticas o sus creencias religiosas, por su género o identidad sexual, por padecer de alguna discapacidad o enfermedad, por su edad o por su aspecto físico pueden denunciar esta circunstancia y accionar legalmente.



El INADI recibira las presentaciones que realizan particulares, grupos o instituciones sobre situaciones o actos discriminatorios que afecten a individuos o grupos en todo el ámbito nacional .

El INADI esta facultado para recibir denuncias respecto de los actos discriminatorios enumerados en la ley Nº 23.592, donde se establece lo siguiente:



“Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados.



A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”



Frente a una denuncia que se refiera a alguno de los actos descriptos, el INADI podrá producir un dictamen en que el que se expresará si el hecho constituyó o no una situación discriminatoria.



¿Cómo hacer una denuncia?



Existen 3 maneras de realizar una presentación ante el Centro de Denuncias:



*Personalmente, presentando ante la Mesa de Entradas del INADI el siguiente formulario: http://www.inadi.gov.ar/downloads/fo..._denuncias.pdf

Dirección: 25 de Mayo 145 8º piso • C1002ABC Ciudad Autónoma de Buenos Aires •

Horario: de 8 a 20 horas.



*Por correo postal, enviando el formulario (http://www.inadi.gov.ar/downloads/fo..._denuncias.pdf) a la siguiente dirección:


Instituto Nacional contra la Discriminación

Centro de Denuncias

25 de Mayo 145 8º piso • C1002ABC Ciudad Autónoma de Buenos Aires •


*Online: completar el formulario de esta página: INADI



Es muy importante ademas de realizar la denuncia aportar al menos los datos de 2 testigos que puedan avalar la denuncia para que ésta tenga mas peso.


El dictamen en este sentido de la INADI es una prueba fundamental en las acciones que el damnificado puede entablar, ya se aen la orbita civil a los efectos de obtener un resarcimiento economico, como en la orbita penal.

TRABAJO INFANTIL

Algunos puntos relevantes del informe 'Intensificar la lucha contra el trabajo infantil Informe del Director General. Informe global con arreglo al seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo', de 2010:


* 215 millones de niños y niñas trabajan en el mundo.

* 115 millones de niños desempeñan trabajos peligroso.

* 1 de cada 5 niños ocupados en el sector agrícola desempeña un trabajo remunerado.



Sobre el trabajo infantil en Argentina:

* A partir de la implementación de la ley 26.390, el 25 de Mayo de 2010 aumentó la edad de empleabilidad de los chicos: Antes de la nueva legislación, la prohibición para trabajar era por debajo de los 14 años. Ahora que rige la nueva legislación, es por debajo de los 16 años. Esto significa que hay más chicos protegidos por la ley.



EANNA (Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y Adolescentes, Ministerio de Trabajo). Algunos datos que vinculan trabajo infantil y educación:

* Si bien la inserción de los chicos de 5 a 13 años que trabajan es casi universal, la inserción laboral afecta los logros escolares que se expresan en: llegadas tarde (18,7% de los niños que trabaja), inasistencias frecuentes (19,8% de los niños que trabaja) y repitencia 29,7% de los niños que trabaja).

* En cuanto a la incidencia de la escolarización de los niños/adolescentes que trabajan, la encuesta revela que uno de cada cuatro adolescentes que trabajaron en la semana de referencia no asiste a la escuela.

* En las zonas rurales, uno de cada cinco niños y niñas trabaja o trabajó con aterioridad a la encuesta y algo más de los adolescentes se encuentra en la misma situación.

* La incorporación tamprana al trabajo es más frecuente en el medio rural que en el urbano: el 13,3% de los niños menores de 9 años trabajó en algun momento del año, mientras que en las ciudades sólo lo hizo 6%.



Trabajo infantil/ adolescente y género:

* 8,4% de las niñas realiza trabajo doméstico y 3,3% tareas vinculadas al autoconsumo.

*4% de varones realiza trabajo doméstico y 4% tareas vinculadas al autoconsumo.

* 10,9% de varones realizan actividades relacionadas a la producción para el autoconsumo y el 4% tareas domésticas.

* 2,35 de mujeres realizan actividades relacionadas a la producción para el autoconsumo y el 18,9% tareas domésticas.



Observatorio de Trabajo Infantil:

http://www.trabajo.gov.ar/left/estadisticas/otia/index.asp

HOMOSEXUALISMO Y TOTALITARISMOS


HOMOSEXUALES Y NAZISMO




Rudolf Brazda estuvo confinado en el campo de Buchenwald a causa de su homosexualidad entre 1941 y 1945 . Alrededor de 7.000 gays y lesbianas fueron asesinados durante el Tercer Reich

En algún momento entre marzo de 1933 y septiembre de 1935, la policía echó el ojo a Brazda y finalmente fue denunciado por el artículo 175 del código penal. Al fiscal del estado le contó voluntaria y abiertamente sobre su convivencia y también que no se avergonzaba de ello. El proceso, que se llevó a cabo en el juzgado de primera instancia de Altenburg, levantó un cierto revuelo; un periódico de Meuselwitz, según lo recuerda Brazda, tituló la noticia «Vivían juntos como hombre y mujer». Brazda fue condenado a seis meses de cárcel. Tras su liberación, siguió teniendo el apoyo de su madre, pero como «extranjero con antecedentes» fue expulsado a Checoeslovaquia.

Brazda se instaló en los Sudetes, en Karlsbad. Allí conoció a su nueva pareja que tenía contactos en el grupo de teatro Fischli-Bühne. Brazda acompañó al grupo durante tres años en sus giras por los Sudetes. Durante esa época actuó en operetas y trabajó de actor y bailarín, siendo su mejor número una imitación de Joséphine Baker.

Tras la anexión en octubre de 1938 de los Sudetes por parte de la Alemania nazi, Brazda se quedó allí. Los judíos del grupo de teatro enseguida fueron detenidos y algo más tarde el mismo Brazda, que fue encerrado en la prisión de Eger sin ningún tipo de proceso. El 30 de marzo de 1941 llegó al campo de concentración de Buchenwald. Allí tuvo que ponerse el triángulo rosa, además de la «T» de checo.

La historia de los prisioneros homosexuales durante el régimen nazi fue silenciada durante casi cinco décadas, aun cuando la guerra hubiese ya terminado, porque la homosexualidad continuó siendo ilegal en la ex Alemania Occidental hasta fines de los años sesenta. Muchos de los sobrevivientes, en consecuencia, tenían miedo o estaban avergonzados de contar sus experiencias.

Testimonios de sobrevientes dicen que los hombres con triángulos rosas eran especialmente maltratados por los guardias. También fueron objeto de crueles experimentos médicos

El código penal alemán, sancionado en 1871 y válido hasta 1969: "Un acto sexual antinatural cometido entre personas de sexo masculino o entre seres humanos y animales debe ser castigado con la prisión; también puede significar la pérdida de los derechos civiles".







Monumento a los homosexuales perseguidos por el nazismo

Durante al inauguración del Monumento a los homosexuales perseguidos por el nazismo el 27 de mayo de 2008, se había dado por supuesto que ya no quedaban supervivientes del triángulo rosa. Gracias a la publicidad que tuvo el evento, la sobrina de Rudolf Brazda entró en contacto con el Lesben- und Schwulenverband in Deutschland (LSVD) y les contó sobre su tío. En consecuencia, Brazda, de 95 años, fue invitado por el LSVD a Berlín para, el 27 de junio de 2008, ser recibido en el ayuntamiento de Berlín por el alcalde Klaus Wowereit y por la noche participar en una discusión sobre la «Historia de la persecución de los homosexuales por los nacionalsocialistas».





HOMOSEXUALISMO Y FRANQUISMO – redada de violetas



Al menos 5.000 personas fueron detenidas por actos o actitudes gays, lésbicas o transexuales durante el franquismo.





Al principio se los encarcelaba por escándalo público, aunque el delito se hubiera cometido en el dormitorio de la vivienda propia. La figura delictiva de la homosexualidad aparece en 1954, con su inclusión en la Ley de Vagos y Maleantes. "A los homosexuales, rufianes y proxenetas, a los mendigos profesionales y a los que vivan de la mendicidad ajena, exploten menores de edad, enfermos mentales o lisiados, se les aplicarán para que cumplan todas sucesivamente, las medidas siguientes: a) Internado en un establecimiento de trabajo o colonia agrícola. Los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en instituciones especiales, y en todo caso, con absoluta separación de los demás. b) Prohibición de residir en determinado lugar o territorio y obligación de declarar su domicilio. c) Sumisión a la vigilancia de los delegados", decía la ley.





La Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social de 1970 dio a la persecución un enfoque más humanista: dar tratamiento. Fue entonces cuando se establecieron dos penales, los de Badajoz y Huelva, para rehabilitar a los homosexuales masculinos (las lesbianas, que sufrieron una fuerte represión social, ni siquiera se consideran). Los presos se dividían según sus tendencias: los "pasivos", a Badajoz, y los "activos" a Huelva.





La Ley de Peligrosidad Social sobrevivió al franquismo. En 1978 todavía se aplicó oficialmente a tres personas. En total, unos 1.000 homosexuales fueron encarcelados por esta ley, que estuvo en vigor nueve años.



HOMOSEXUALIDAD Y DICTADURA EN LA ARGENTINA



En materia de género, la dictadura representó un duro golpe que todavía no fue debidamente reconocido, porque desarticuló y produjo un estancamiento en los movimientos feministas y de liberación homosexual que venían desarrollándose desde la década anterior. Se produjo un enorme retroceso, imponiéndose roles de género tradicionales, que relegaban a las mujeres a espacios domésticos y les demandaban una actitud pasiva en todo. La Iglesia fue erigida en la autoridad moral que determinaba roles y modos de comportamiento y vinculación para todos/as los hombres y las mujeres.





La cuestión homosexual en nuestro país, se había manifestado públicamente en 1968 mediante la publicación de una revista llamada "Nuestro Mundo", y con el posterior surgimiento, en 1971 del Frente de Liberación Homosexual (FLH), que intentó plasmar las reivindicaciones homosexuales en la sociedad de los ´70. Sin embargo, tanto para las feministas como para homosexuales, el enemigo principal era la Iglesia con su enorme poder.



El golpe de Estado fue una alianza de sectores reaccionarios en lo social con sectores liberales en lo económico. En los siete años que duró la dictadura, todos estos movimientos fueron fuertemente golpeados hasta ser casi aniquilados. Las/os principales referentes del FLH tuvieron que partir al exilio. Tal fue el caso de Néstor Perlongher (exiliado en Brasil) o Blas Matamoro y Héctor Anabitarte (exiliados en España).



Muchos de los antiguos militantes del Frente de Liberación Homosexual (FLH), que habían irrumpido en la esfera política, en un conflictivo dialogo con la izquierda revolucionaria nativa, buscan un refugio en el extranjero, donde prosperan las nuevas teorías libertarias asociadas al Mayo francés y al movimiento californiano.



Ser gay en los años de plomo no era nada fácil. Los mas arriesgados han utilizado para sus encuentros –mas allá e las comunes calles del pecado- los cines X y los baños públicos, convirtiendo la expresión “salir del closet y ganas las calles” en algo mas que una figura del “darse a conocer”.



La sociedad argentina debió marchar al paso de las botas militares, que querían mujeres amas de casa, madres y sobre todo sometidas. Los hombres debían ser machos heterosexuales. Las lesbianas en este esquema no existían. Las travestis tampoco.



En la oscuridad, mientras tanto, las mujeres y las/os militantes homosexuales sufrían el ensañamiento de la tortura sobre sus cuerpos focalizada en su sexualidad y genitalidad. El trato que recibieron las personas homosexuales –se calcula que hay alrededor de 400 desaparecidas/os-, fue especialmente sádico y violento, y las mujeres eran sometidas a violaciones y humillaciones sexuales sistemáticas.





El Mundial también requirió que se espantase aun más a los homosexuales. “había que espantar a los homosexuales de las calles para que no perturben a la gente decente”, dijo el jefe de la Policía.

LA MUJER Y EL ISLAM


LA MUJER ISLÁMICA




Según el Corán, Alá concede la igualdad al hombre y a la mujer, los mismos derechos, virtudes y obligaciones.



Pero la realidad es otra, ya que en la mayoría, por no decir en todos los países musulmanes, la mujer sufre una fuerte discriminación y opresión. Alá dicta unas normas en el Corán, pero los musulmanes se toman la justicia por su cuenta. A la mujer se le prohíbe la libertad de expresión y pensamiento, están sometidas constantemente al control del hombre. Visten como manda su religión, o sus maridos y viven totalmente condicionadas e infravaloradas.



DISCRIMINACIONES



- Las hijas reciben una parte de la herencia, aunque sólo la mitad de lo asignado a los hijos.



- Las mujeres deben de ocultarse bajo el burka.



- A las mujeres les está prohibido ir en coche o pasearse a pie por los barrios, así como entrar al gran bazar y sentarse en las tiendas.



- Se les prohíbe también reunirse en grupos públicamente.



- No pueden repudiar al marido, ya que tienen que dar explicaciones, en cambio los hombres pueden hacerlo sin que ello resulte una deshonra para su familia.



- Las mujeres con menstruación no pueden entrar en las mezquitas, orar o mantener relaciones sexuales. Además no pueden leer el Corán ni tocarlo. La ropa manchada de las mujeres con menstruación es impura.



- Las niñas que tienen su primera menstruación, a partir de los 9 años son consideradas mujeres adultas, por lo que se les busca marido. La familia materna no tendrá ningún derecho respecto a la elección del marido, será la familia del hombre quien escoja una mujer. La mujer deberá acatarse a la decisión y aceptar al marido le guste o no.



- Las esposas deben aceptar a las otras mujeres de su marido en casa, ya que el matrimonio islámico es poligámico. Los hombres pueden casarse hasta con 4 mujeres.



- Las mujeres son fuertemente castigadas, incluso con tortura y muerte, por adulterio o por cualquier tipo de relación extramatrimonial, incluso estando divorciadas.



- El domicilio conyugal se convierte en lugar de reclusión y obediencia al marido.



- La musulmana debe casarse con un musulmán. No están permitidas las relaciones matrimoniales entre miembros de otra religión.



CASTIGOS QUE ESTABLECE LA LEY ISLÁMICA



- ADULTERIO: Lapidación



- PROSTITUCIÓN: Lapidación



- ASESINATO: Lapidación



- ROBO: Amputación



- BEBER ALCOHOL: Azotes y palizas



- FALTA DE RESPETO AL RAMADÁN: Flagelación (latigazos)



PAÍSES CON CASTIGOS CORPORALES



Algunos de los países donde se aplican los castigos corporales a mujeres (lapidación, flagelación, etc..) son: Arabia Saudita, Brunéi Darussalam, Emiratos Árabes Unidos, Iraq, Irán, Malasia, Nigeria, Pakistán, Singapur, Somalia, Sudán o Yemen.



BURKA, HIJAB O VELO



El burka o hijab, es un velo que cubre el pelo, rostro, cuello y en ocasiones manos también.



Es una vestimenta impuesta a las mujeres por sus maridos y en el caso de las niñas, por sus padres. Alá obliga a las mujeres creyentes a usarlo en todo momento, diciendo que éste les protegerá de posibles abusos.



Alá dice que las mujeres deben de ocultar su belleza, para evitar excitar a los hombres y que éstos no las agredan. Por lo que si una mujer es agredida sexualmente mientras no lleva el burka, ella es culpable, por mostrar su belleza y provocar a los hombres.



LAPIDACIÓN





La lapidación es la tortura que consiste en enterrar a las mujeres condenadas, en un pozo, donde se cubren hasta la cabeza y se les apedrea con piedras, ni muy pequeñas ni muy grandes (para alargar la muerte y provocar mas dolor) haciendo que sufran un increíble dolor hasta que mueren desangradas.



Las mujeres condenadas a lapidación son acusadas de haber cometido adulterio, de haber matado, o de haber mantenido relaciones sexuales fuera del matrimonio.



Si una mujer mantiene una relación sexual privada y libremente, y no lo hace con su marido, está cometiendo delito y puede ser juzgada y condenada a muerte. Es el mismo caso el de las divorciadas, que no pueden tener relaciones con nadie sin casarse de nuevo antes.



En el caso de las violaciones, la mujer violada no tiene ninguna credibilidad, necesita al menos 4 testigos presenciales del acto, y no pueden ser ni familiares ni amigos. Es decir, para que una mujer violada no sea condenada a muerte, debe ser violada en presencia de mas de 4 desconocidos y después que estos estén dispuestos a declarar a su favor.



Si la mujer violada se queda embarazada, el hijo será la prueba material del delito de adulterio y la mujer será lapidada en cuanto el bebé pase el período de lactancia.



Lo curioso es que en ningún momento Alá defiende ni la lapidación, ni flagelación, ni cualquier tipo de castigo a la mujer. Dice textualmente en el Corán: Si ella comete adulterio, perdónala.



Por lo que los musulmanes que ejecutan estas condenas están tomándose la justicia por su cuenta, creando sus propias normas y negando lo que dice Alá, a quien supuestamente siguen.



ABLACIÓN GENITAL FEMENINA



La mayoría de los musulmanes se sitúan en contra de esta técnica, pero se sigue efectuando en algunas tribus de países musulmanes (como Sudán, Egipto, etc...)



Es una forma de mutilación de los órganos genitales femeninos por razones religiosas o rituales, a menudo como parte de un rito de iniciación. La ablación genital femenina, también conocida como clitoridectomía, implica la extirpación quirúrgica de partes del clítoris y de los labios mayores y menores. También se practica a veces la infibulación, que consiste en coser los labios mayores dejando sólo una pequeña apertura por la que pueda fluir la orina y el líquido menstrual.



El clítoris es extremadamente sensible y juega un papel fundamental en la estimulación sexual femenina. Hay quien alega que su mutilación, además de presentar razones religiosas o rituales declaradas, se realiza con el fin de eliminar el deseo sexual femenino, mal visto en algunas sociedades, controlar las relaciones sexuales extramatrimoniales y obligar a la mujer a desempeñar un papel sexual pasivo.



Las mujeres que han sufrido este tipo de intervención sufren grandes dolores cuando mantienen relaciones sexuales o dan a luz. Este tipo de operación presenta ciertos riesgos, ya que al ser normalmente realizada por comadronas no cualificadas y en condiciones poco higiénicas, existe el peligro de que la paciente contraiga infecciones como el tétanos. Además, la infibulación puede producir una retención del líquido menstrual y provocar la muerte
contacto con el grupo de iguales, cosa que puede llegar a ser muy beneficiosa si por parte de los docentes se va educando en base a la igualdad, al respeto y a la no utilización de la violencia como forma de resolver conflicto alguno.