lunes, 25 de abril de 2011

ANIVERSARIO GENOCIDIO ARMENIO

Por Pedro Mouratian
Ante un nuevo aniversario del genocidio armenio, surgen cuestiones que merecen por lo menos pensarse desde el prisma de una realidad argentina que en los últimos años nos mostró que aún lo que se presupone imposible resulta factible. La derogación de leyes de impunidad, el avance de los juicios por la verdad y una enérgica política de derechos humanos dieron el marco propicio para que la comunidad armenia en nuestro país pudiese imaginar que sus viejos anhelos políticos de reconocimiento del genocidio del que fuera víctima podían encontrar las respuestas favorables que pondrían un manto de justicia ante tantos años de impunidad. La construcción de la memoria colectiva tras la última dictadura militar en la Argentina, basada en la búsqueda incesante de verdad y justicia, fueron el apoyo imprescindible para los logros obtenidos. Ese pasado del pueblo armenio y este presente argentino se entremezclan con un componente que emerge por encima de todo: la lucha por la dignidad y la justicia.

El pueblo argentino, de compromiso sostenido y contundente, recibió a los armenios como exiliados y refugiados que llegaron tras sufrir el genocidio. Es el mismo compromiso que amplios sectores de la dirigencia política supieron manifestar en importantes declaraciones y resoluciones en el Parlamento nacional, acompañando los reclamos de una comunidad que se integraba y forjaba su identidad como parte de un mosaico cultural de un país enriquecido por su diversidad.

En ese camino, y alentados por el respaldo unánime de ambas cámaras del Congreso Nacional, se sancionó la ley 24.559 que reconocía la existencia del genocidio armenio. Sin embargo, permeable a las presiones políticas y priorizando intereses ajenos a la defensa de los derechos humanos, el entonces presidente Carlos Menem vetó la ley. Diferente había sido la posición del ex presidente Raúl Alfonsín, quien desoyó recomendaciones diplomáticas y reconoció, en un acto en 1987 y ante la comunidad armenia, la existencia del genocidio.

El devenir de un país que a partir de 2003 cambiaría su escala de valores y su proyecto de construcción social le daría una dimensión universal a la lucha por la verdad y la justicia. La condena de cualquier genocidio y el respeto por los derechos humanos impulsó al Consejo Nacional Armenio a promover el viejo anhelo de la sanción de la ley, que tomó cuerpo a partir de una realidad que se construía bajo la convicción de realizar políticamente todo lo necesario cuando de violación de los derechos humanos se trataba. Ese modelo de país que lideraba el presidente Néstor Kirchner era la garantía de los logros que vendrían. Su fortaleza y coherencia residía en sostener que una nación no puede crecer y consolidarse sobre los cimientos de la negación, el olvido y la impunidad. Así, en enero de 2007, luego de ser aprobada por las cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, el presidente Kirchner, con profunda generosidad política, promulgó la ley 26.199 que declara el “24 de Abril, Día de Acción por la Tolerancia y el Respeto entre los Pueblos” en homenaje a las víctimas del genocidio armenio.

En este contexto es que resultó posible que la Justicia argentina, a través del juez federal Norberto Oyarbide, emitiese hace pocos días un fallo histórico ante la demanda iniciada por el escribano Gregorio Hairabedian y copatrocinado por las instituciones de la comunidad armenia, donde declara con entidad de sentencia definitiva que “el Estado Turco ha cometido delito de Genocidio en perjuicio del pueblo armenio en el período comprendido entre los años 1915-1923”. Oyarbide, en los fundamentos de la sentencia, trae a colación las expresas mandas emergentes de la ley 26.199.

Se avecinan nuevos desafíos para los argentinos, tanto para aquellos que pertenecemos a la comunidad armenia en el país como para toda la sociedad, que es el reto de continuar promoviendo siempre la defensa irrestricta de los derechos humanos, la construcción de una sociedad inclusiva que valoriza la diversidad y lucha contra cualquier forma de discriminación. Rescatar la memoria y exigir justicia debe ser la forma de evocar el genocidio armenio que trasciende a su propio colectivo, y resulta ser una estampa dolorosa para cualquier sociedad que jamás debería repetirse. La ley 26.199 y el reciente fallo de la Justicia argentina dan testimonio de ello.

* Coordinador de Políticas contra la Discriminación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

jueces antidiluvianos

El juez Miguel Güiraldes negó a Maiamar Abrodos el derecho al cambio de sexo mediante una intervención quirúrgica y la modificación de su identidad en el DNI. La causa pasó por tres jueces, y por maltrato le pidieron dos veces los mismos peritajes.
Tras casi dos años de presentaciones judiciales y pericias que favorecían su pedido, la Justicia decidió negar a una mujer trans el acceso a la intervención quirúrgica para que su cuerpo acompañe la identidad que construyó; el mismo fallo también le impide el acceso a un DNI acorde con su nombre femenino. En la sentencia, el juez Miguel R. Güiraldes explica que no accede al pedido de Maiamar Abrodos porque “con sólo pensar en ello, digo, cualquiera siente un escalofrío por lo espeluznante que implica el transitar un camino sin retorno hacia la enajenación de sí mismo”, y no es posible “modificar lo inmodificable” al afanarse en contrariar “leyes naturales” o “el sexo” recibido “desde nuestra misma concepción”. Güiraldes, que no mantuvo ninguna entrevista personal con Abrodos a lo largo del proceso, no refiere a la perspectiva de los derechos humanos –explicitada en la demanda–, pero sí reitera su preocupación por la salud mental de alguien que vive “el fenómeno del transexualismo”.

“Además de patologizarla, el juez recurre a argumentos paternalistas y la defensa de la moral pública. Y también asume el rol de médico. Es un fallo arbitrario y dogmático”, definió a este diario el abogado Emiliano Litardo, representante de la mujer trans, que “no esperaba esta respuesta”. Está por cumplir 45 años; tenía 42 cuando presentó el amparo que, por decisión de la Justicia, llegó como demanda al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 106. En diálogo con este diario, ella explicita su urgencia: “Es un momento clave. Necesito poder intervenirme quirúrgicamente. Es para mi vida, es para ser libre en mí misma. ¿Qué voy a esperar? ¿A pasar los 50, a tener 60?”.

La tramitación de la demanda fue compleja y sumó la intervención de tres magistrados, uno de los cuales la tuvo a su cargo en dos oportunidades. La causa fue radicada a mediados de 2009, cuando el juzgado estaba a cargo de su titular, Myriam Cristina Rustan de Estrada. Fue ella quien pidió al Cuerpo Médico Forense que realizara las primeras pericias a Abrodos: estudios psiquiátricos, psicológicos, físicos y la entrevista con una bióloga. Además, algunos amigos y compañeros de trabajo debieron dar testimonios de su vida cotidiana. Los peritos la definieron como “psicojurídicamente normal” y recomendaron que la Justicia autorizara la intervención y concediera el documento bajo la identidad de género que pedía Abrodos, actriz (reestrena en estos días una obra dirigida por José María Muscari) y docente del IUNA (Instituto Universitario Nacional de Arte) y la EMAD (Escuela Metropolitana de Arte Dramático).

Poco después, por licencia de la titular, intervino como subrogante Martha Gómez Alsina, la jueza que tuvo su momento de fama durante el debate sobre matrimonio igualitario (a fines de 2009 dictó una –exitosa– medida cautelar para impedir el casamiento de Alex Freyre y José María Di Bello en Buenos Aires; durante 2010 participó de las audiencias porteñas en el Senado para denostar el proyecto finalmente aprobado). Con la causa a su cargo, ordenó reiterar las pericias, esta vez en el Hospital de Clínicas. Allí, Abrodos pidió (y consiguió) ser exceptuada de atravesar un nuevo examen físico porque esas instancias “son medievales, tenés que desnudarte, te sacan fotos, te tocan para buscar si tenés anomalías... es una situación horrible”. Por ello sólo se repitieron las evaluaciones psiquiátricas y psicológicas, y también otras entrevistas a personas cercanas a su vida diaria. Al terminar, sobre ella ya se había practicado un total de 11 pericias. Los expertos a cargo de la segunda batería de estudios también recomendaron que la Justicia accediera al pedido de Abrodos. Posteriormente, tras un breve lapso en que Rustan de Estrada retornó al juzgado, la causa quedó a cargo de Miguel R. Güiraldes, quien emitió la sentencia.

El fallo comienza por desestimar la presentación de Abrodos porque “se explaya, con abundantes citas de intelectuales”, sobre el derecho a la identidad de género. En cambio, para justificar su decisión prefiere citar bibliografía horneada en los think tanks del Opus Dei (“Identidad sexual y Derecho. Estudio interdisciplinario del transexualismo”, texto con que la docente argentina de la Universidad Austral Marina Camps Merlo aprobó estudios de posgrado en la española, y también fuertemente ligada a la Obra, Universidad de Navarra); un Manual de Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de autoría ignota, que, contra lo que sostiene la Ley Nacional de Salud Mental (Nº 26.657), afirma que existe la “disforia de la identidad sexual” y define “el transexualismo” como “trastorno mental”; y una conferencia del juez Mauricio Luis Mizrahi, “Homosexualidad y transexualismo”.

El juez Güiraldes intenta demostrar que una persona trans lo es a causa de una cierta disfunción familiar que causa, en la infancia, el desarrollo de “una autoestima deformada y raquítica”. Pero “las causas del transexualismo no son claras sino más bien oscuras y complejas”, lo cual no le impide afirmar que “el transexualismo es un estado patológico”. De allí que se niegue a hacer lugar a la autorización para la cirugía. No sólo “un ‘cambio de sexo’ no es realizable” sino que, además, “se ha constatado que la intervención quirúrgica” en estos casos “no ha demostrado ser todo lo efectiva que se desearía a la hora de intentar fortalecer la identidad sexual de una persona”, advierte, omitiendo las fuentes. “Más aún, como se ha comprobado, se tendrán sujetos más anormales que antes.” Para aclarar el standard, el magistrado explica que “ciertas características físicas no podrán ser transformadas” por hormonas o cirugía: “La talla, la forma de la cara, de las mejillas, pies y manos. Además, los senos corren el riesgo de quedar muy pequeños en relación con las proporciones corporales masculinas”.

El deseo de la persona trans es imposible, afirma el fallo; “a lo sumo, puede concretarse una burda simulación mediante artificios técnicos, que introducen modificaciones irreversibles en el organismo de quien pretende semejante autocastigo”. Ante las “falsas ilusiones de los transexuales”, autorizar una intervención semejante, para el juez Güiraldes, es “violatorio de la moral pública”. “Los que vemos desde afuera la posición del transexual, vemos claramente que su sueño de cambiar su sexo es irrealizable”, porque “quien nació varón, morirá varón; y quien nació mujer, morirá mujer. Y ello es así aun cuando la comunidad, a través de sus autoridades, diga lo contrario y los médicos mimeticen el cuerpo ocultando su verdadero ser”.

24 femicidios en febrero y marzo


Durante febrero 12 mujeres fueron asesinadas en Argentina por razones de género, lo mismo pasó en marzo. Los datos surgen de un monitoreo propio elaborado a partir de información de los principales diarios nacionales y de las tres agencias de noticias nacionales (Telam, Dyn y NA).


FEMICIDIOS MARZO 2011

MARISA NIEVAS
33 años
Juan Carlos Pereyra, de 40 años, la asesinó con un arma blanca y luego se suicidó en una vivienda de Villa Urquiza, provincia de Córdoba.
En las crónicas policiales se detalla que la pareja no convivía. Por su parte el comisario Alejandro Romagnolo planteó frente a los medios 'la posibilidad de un hecho con tintes pasionales'.
2 Marzo 2011

MARIA RODRIGUEZ
44 años
Su victimario, Tomás Rubén Díaz de 76 años, la ultimó con una pistola Magnun 357 y luego se suicidó.
El fiscal Martín Pizzolo caratuló el hecho como homicidio seguido de suicidio y destacó que las pistas de la investigación se dirigen hacia la hipótesis del 'móvil pasional'.
Pizzolo informó que las pistas de la pesquisa se dirigen hacia la hipótesis del 'móvil pasional y que, a raíz del vínculo laboral entre ambas personas, el victimario pudo haber reaccionado con algún dejo de ira contra la mujer'.
El victimario poseía un comercio en la ciudad de Olavarría, provincia de Buenos Aires, donde se produjo el hecho.
5 Marzo 2011

ANGELA ALOMO
16 años
Agonizó durante dos días en el Hospital Regional 'Ramón Carrillo' de La Banda, Santiago del Estero.
Su pareja, Raúl Castillo de 22 años fue detenido, acusado de haberla rociado con alcohol y prenderla fuego.
Un cable de la agencia TELAM recoge declaraciones de familiares y amistades de la pareja, quienes describieron a Castillo como 'un tipo tranquilo, incapaz de una cosa así'; en tanto señalaron que Ángela 'siempre fue decidida a todo'.
Una niña de 7 meses que estaba con su madre en el momento del hecho fue alcanzada por el fuego y sufrió heridas menores.
6 Marzo 2011

MICAELA FERREYRA
16 años
Asesinada de un tiro en el cuello en medio de una pelea entre dos grupos de jóvenes, en la localidad bonaerense de Quilmes.
Fuentes policiales, citadas por la agencia TELAM, informaron que 'la víctima fue golpeada en el boliche Osiris y, al volver a su casa, su novio y otros amigos fueron con ella a buscar al agresor. En el camino se habría topado con el hermano del atacante, quien le disparó a la joven con una pistola 9 milímetros'.
Efectivos del Gabinete Criminológico de la comisaría quinta de Quilmes por orden del fiscal Jorge Saizar, detuvieron al asesino, que tenía antecedentes por homicidio
8 Marzo 2011

NN
25 años
En la zona denominada Cuartel V en el partido bonaerense de Moreno un hombre acuchilló a una mujer.
Las breves crónicas policiales indican que eran amantes, pero no proporcionan datos personales de ambos, sí indican que las investigaciones realizadas por la DDI de Mercedes permitieron detener al agresor en una vivienda de la localidad de Bella Vista.
La mujer que presentaba una herida en el tórax fue asesinada en la vía pública mientras caminaba con sus hijos de 3 y 6 años.
11 Marzo 2011

ANALÍA DE LOS ANGELES GALLEGOS
39 años
Fue encontrada maniatada, golpeada y violada en una zona denominada 'El Bajo' de la capital salteña.
La autopsia reveló que presentaba 'politraumatismo de cráneo y traumatismo severo de cadera izquierda'.
Las primeras informaciones periodísticas sobre el hecho se referían a la mujer diciendo que era prostituta. En una entrevista publicada en el diario El Tribuno del 16 de Marzo la madre de la víctima relata que era adicta al paco, situación que la llevó a rodearse de personas con antecedentes penales, quienes la habrían asesinado.
El juez de Instrucción Formal 8, Federico Diez, ordenó la detención de dos hombres de apellido Costilla (18 años) y Aguilar Millán (36 años), por la violación y asesinato de la mujer.
Las crónicas policiales relatan que los asesinos' le habrían sugerido mantener relaciones sexuales, a lo que la mujer se habría negado en forma terminante. Entonces, los delincuentes, totalmente fuera de control, le propinaron una descomunal golpiza'.
12 Marzo 2011

NN
Un cable de la agencia TELAM informa el hallazgo del cadáver de una mujer al costado de la autopista Ricchieri, en el partido de La Matanza (oeste del conurbano bonaerense)
Precisa además, que el cuerpo fue quemado y presentaba heridas de arma blanca.
Por otra parte, consigna que se 'buscaban en la Comisaría de la Mujer las últimas denuncias por malos tratos o violencia doméstica, dijeron las fuentes consultadas'.
El seguimiento de la información en otros medios registra la hipótesis no fundamentada de un posible femicidio. El portal rosario24 indica, 'los investigadores sospechan que se trató de un crimen pasional, informaron fuentes policiales'.
15 Marzo 2011

MARIA CONCEPCION FERNANDEZ
60 años
Su concubino, Ciro Alberto Avila de 55 años, la asesinó de un golpe en la cabeza y luego se suicidó.
Ambos cuerpos fueron encontrados en el interior de la vivienda que compartían en Río Tercero, Córdoba.
La carátula de la causa es homicidio seguido de suicidio. Investiga los hechos el fiscal de Instrucción Marcelo Ramognino.
16 Marzo 2011

MARIA LUISA PAVÓN
24 años
Su cuerpo fue encontrado en las afueras de la localidad de Nueva Esperanza, departamento Pellegrini en el norte de Santiago del Estero.
Su padre denunció en la seccional 32, de Nueva Esperanza, su desaparición días antes del hallazgo; fue vista por última vez con vida junto a su ex concubino, Ramiro Villareal de 25 años.
La justicia del Crimen de Cuarta Nominación a cargo del juez Miguel Moreno ordenó la detención de Villarreal quien fue alojado en la comisaría de Nueva Esperanza.
16 Marzo 2011

LIDIA PAULINA CANO
32 años
Su cuerpo con dos orificios de bala fue encontrado en un camino rural de la ciudad de Leones, en el sudoeste de la provincia de Córdoba.
Marcelo Filipuzzi, productor agropecuario, está imputado por el homicidio de la mujer, cuya desaparición había denunciado su concubino.
'Se trataría de un caso pasional que será inminentemente resuelto' indicaban las crónicas policiales cuando la policía encontró el vehículo de la mujer abandonado en la ruta.
Posteriormente las investigaciones realizadas por la policía determinaron que Filipuzzi se había encontrado con Lidia Cano en el lugar donde fue hallado el auto.
En el campo, propiedad del presunto asesino, se secuestraron dos armas de fuego del calibre 22
Interviene en la causa el Fiscal de Instrucción de Marcos Juárez, Carlos Viramonte
17 Marzo 2011

NN
35 AÑOS
La mujer de nacionalidad paraguaya, fue encontrada asesinada en el departamento que alquilaba, en el barrio porteño de Caballito.
Según un cable de la agencia DYN 'los detectives del caso sospechan que la mujer habría discutido con una persona conocida y en ese marco recibió un golpe fatal', también se indica que la puerta de su departamento no había sido forzada.
El diario Tiempo Argentino titulaba en su edición del 22 de marzo, 'Hallan el cadáver de una prostituta en un departamento de Caballito'.
El caso es investigado por el fiscal porteño Sandro Abraldes.
21 Marzo 2011

MARÍA ELIZABETH TAMAY
Entre 17 y 22 años (no hay coincidencia en las crónicas periodísticas)
Murió tras agonizar varios días en el hospital Masvernat, de Concordia, Entre Ríos, al que ingresó con el 85 % de su cuerpo quemado.
Las primeras informaciones periodísticas indicaban que las heridas fueron provocadas por la explosión de una cocina de cocaína montada por su pareja en la vivienda que compartían, sin embargo también se indicaba como hipótesis del hecho 'la agresión de otra persona'.
El diario UNO de Entre Ríos al informar sobre el hecho consignó que 'la joven convive con su pareja, un hombre que dobla en edad a la mujer, de aproximadamente unos 33 años. En tal caso, podría tratarse de un episodio donde mediaron los celos'.
Rafael Benítez, fue vinculado por los medios locales a 'varias causas por transporte de estupefacientes'.
Benítez, fue puesto a disposición de la justicia federal de Concepción del Uruguay acusado además de abandono de persona, la joven fue llevada al hospital por dos mujeres
El diario El Litoral en su versión digital del 31 de marzo informa que 'la chica ejercía la prostitución'.
31 Marzo 2011

FEMICIDIOS FEBRERO

VERONICA VIVIANA MEDINA
32 años
Wilde
Después de seis días de agonía murió en una clínica privada del partido bonaerense de Tres de Febrero, presentaba quemaduras en el 60% de su cuerpo.
Fernando Martínez, de 32 años, fue detenido acusado de haberla rociado con alcohol y prendido fuego.
El cable de Télam consigna que la mujer agonizante salió a la calle pidiendo auxilio y lo acusó de haberla quemado.
La causa, caratulada como 'homicidio calificado' está a disposición del fiscal Guillermo Castro, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 4 del departamento judicial Lomas de Zamora, descentralizada en Avellaneda.
3 Febrero 2011

GRACIELA B. QUINTANA
35 años
Murió camino al hospital San José de Pergamino desangrada a raíz del corte que su ex pareja le asestó en el cuello con una tijera.
Omar Taborda de 49 años, con quien la mujer tenía una hija, declaró que había sido agredida por un delincuente que huyó de la casa sin dejar rastros.
El fiscal Mario Daniel Gómez ordenó la detención de Taborda porque los vecinos habrían desmentido su versión al declarar que escucharon gritos y agresiones en el interior de la vivienda de la mujer mientras él estaba en el lugar.
4 Febrero 2011

MAYRA GOMEZ
18 años
Las primeras pericias de la Policía Científica determinaron que la joven fue atacada con saña.
El cuerpo fue hallado en una zona de quintas dentro de la localidad de Los Manzanares, en el partido de Pilar con varios puntazos y un fuerte golpe en la cabeza.
Su novio de 20 años, confesó, según la crónica policial, que 'el odio lo cegó y que apuñaló a su ex -novia embarazada de tres meses' porque 'el hijo que esperaba no era suyo'.
La madre de la joven declaró a medios periodísticos que la joven planeaba irse a vivir con el asesino a pesar de que la pareja vivía 'algunas situaciones traumáticas'.
Interviene el titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 2 de Pilar, Leonardo Lortenstein,
5 Febrero 2011

GEORGINA SOFIA SAAVEDRA VERA
17 años
Fue asesinada en Perico (Jujuy) por Miguel Alan Yucra, su novio, de 22 años.
Las pericias determinaron que la joven murió como consecuencia de un disparo calibre 22, que quedó alojado en la cabeza, a la altura de la sien; también se constató que estaba embarazada de 12 semanas.
En la causa interviene el juez de Instrucción del Turno número cuatro, Juan Carlos Nieves
5 Febrero 2011


VANESA BEATRIZ CARDOZO
18 años
Falleció en el Hospital Vidal de Corrientes tras permanecer internada en gravísimo estado durante una semana por las gravísimas quemaduras que tenía en la zona del pecho y parte del brazo.
Según información policial, las lesiones se habrían producido cuando la joven manipulaba un liquido combustible, sin embargo, el portal Corrientes Hoy.com informa que la joven 'habría mantenido una discusión con su pareja, la cual habría originado que la mujer se rociara el pecho y los brazos con combustible'.
El comisario Lucas Gómez, de la localidad de San Cosme, declaró que se investiga si se trató de una autolesión.
7 Febrero 2011

CLAUDIA NOEMÍ CHAMORRO
25 años
Fue apuñalada por su ex pareja, Julio César Dávalos de 29 años, en la casa que compartían con sus cinco hijos/as.
Los constantes maltratos de los que era objeto la habían alejado del lugar.
El victimario, que quedó en casa con los/las menores, aprovechó que la mujer regresó a buscar sus pertenencias para asesinarla. El asesino tras cometer el delito se dio a la fuga; horas después se presentó en la seccional policial donde quedó detenido tras confesar el crimen.
Constaba una denuncia previa por malos tratos en la comisaría del barrio, que había sido realizada por la mujer.
14 Febrero 2011

GLORIA PAREDES
41 años
Ingresó al Hospital Perrando de Resistencia con quemaduras en el 90 por ciento de su cuerpo.
El ex esposo, de 54 años, quedó internado por las quemaduras que presentaba en ambas manos.
Los medios periodísticos se hicieron eco del relato que habría hecho ante la Justicia el ex marido de la mujer.
'Mantuvieron una fuerte discusión luego de que ella le planteara que quería retomar la relación y él le dijera que no estaba de acuerdo. La mujer fue sola al baño tomó una botella de alcohol, se roció todo el cuerpo y se prendió fuego con un encendedor', informaron.
Investiga el hecho la fiscal 5 de Resistencia, Dolly Fernández
15 Febrero 2011

PAOLA MANCINI
34 años
Miguel Angel Mendarte, de 34 años, le disparó mientras la mujer corría por la calle Boulogne Sur Mer al 1177 en la localidad bonaerense de Ituzaingo.
La información periodística señala que ambos circulaban en un Volkswagen Golf negro del cual bajó la mujer corriendo mientras gritaba 'Miguel, no me tires'.
El hombre, luego de gatillar al menos cinco veces huyó a la carrera y volvió a subir al auto, donde fue encontrado por la policía con un balazo en la cabeza y un arma entre las piernas.
20 Febrero 2011

ROXANA BEATRIZ PACHECO
31 años
Fue encontrada apuñalada en el interior de un auto en la localidad bonaerense de Villa Concepción, partido de San Martín.
Testigos del hecho, según la versión policial que recoge el cable de la agencia TELAM, 'dijeron que antes de ser asesinada se encontraba discutiendo con su marido' en el interior del coche donde fue hallado el cadáver.
La información periodística señala además que la policía busca al presunto asesino, quien 'mató a su mujer por cuestiones pasionales'.
Otras informaciones periodísticas consignaron que el hijo de la pareja, de 4 años, que se encontraba en el interior del coche, contó que 'su padre había matado a su madre con un cuchillo'.
El homicida, Víctor Andrada, de 39 años, había recuperado la libertad hacía tres meses. Estuvo preso cinco años por robo calificado en cárceles de Olmos, Mercedes e Ituzaingó.
Fue detenido en la ciudad de Frías, cabecera del departamento santiagueño de Choya, diez días después que el fiscal de San Martín Carlos Insaurralde, dictó la orden de captura por el asesinato de su mujer.
21 Febrero 2011


ANALÍA CÁCERES
30 años
Agonizó dos días luego de haber sido rociada con alcohol y prendida fuego por su marido, en la localidad bonaerense de Mariano Acosta.
Leonardo Fabio Cabrera, de 40 años, fue detenido por decisión del fiscal de instrucción de Morón Hernán Moyano, acusado de 'homicidio'.
El relato periodístico asegura que 'el hombre le recriminaba a su mujer una relación sentimental'.
Los tres hijos de la pareja fueron testigos del hecho que provocó heridas en el 60% del cuerpo de la mujer. Se presume que el hombre agarró una botella de alcohol, la roció y la prendió fuego.
La mujer habría relatado que el fuego se inició cuando prendió fuego mientras se quitaba el esmalte de las uñas, sin embargo el fiscal de la causa interrogó a familiares de la víctima, quienes relataron que la pareja mantenía fuertes discusiones y que el hombre era muy violento.
23 Febrero 2011

MARIA SOLEDAD CARLINO OLIVERA
23 años
Su cuerpo fue encontrado debajo de un sommier en la casa de su asesino, en el partido de Tres de Febrero, localidad del conurbano bonaerense.
Murió por asfixia, presentaba golpes en distintas partes del cuerpo y en los brazos.
Javier Horacio Otero de 32 años, el único detenido por el crimen de María Soledad, tiene una denuncia por presunto abuso sexual, presentada en enero de 2011.
Otero se abstuvo de prestar declaración indagatoria ante la fiscal de Vicente López Beatriz Molinelli, quien trata de determinar si fue abusada sexualmente.
El diario Página 12, en su edición del 26 de febrero, consigna que la joven solo conocía 'en forma circunstancial' a su victimario por trabajar en la misma zona, otras versiones indican que era su ex novio.
24 Febrero 2011

LAURA DEL VALLE VITIÁN
42 años
Fue asesinada por su pareja Domingo Hipólito Posadas de 47 años mientras dormía junto a una de sus seis hijas en Antilla, Salta.
Posadas, que dos semanas antes había sido denunciado por violencia familiar, le disparó en la espalda con una escopeta calibre 16.
Fue detenido horas después del femicidio en la puerta de la vivienda donde cometió el asesinato. Si bien había huido regresó para retirar un bolso y sus documentos.
La causa fue caratulada 'homicidio calificado agravado', y está a cargo del juez de Instrucción Mario Herminio Teseyra.
Por otra parte, los hijos/as de Laura quedaron al cuidado de una tía.
24 Febrero 2011

martes, 19 de abril de 2011

PRISION EFECTIVA PARA LA VIOLENCIA DE GENERO


Un tribunal oral porteño consideró que los hostigamientos,
golpes y amenazas de un hombre a su ex mujer conformaron
una situación de violencia machista y le impuso cárcel efectiva. Además, criticó a jueces y policías por no haber atendido las denuncias desde esa perspectiva.

Por Mariana Carbajal

Hostigó, intimidó, amenazó, secuestró y golpeó a su ex pareja –y madre de su hijo– e incumplió la prohibición que tenía de acercarse a ella. En un fallo inédito, el Tribunal Oral en lo Criminal No 9 de la ciudad de Buenos Aires encuadró sus conductas como “violencia contra la mujer” y lo condenó a cinco años de prisión. La sentencia recayó sobre un joven de 26 años de Villa Lugano. En la sentencia –de 83 páginas, a la que tuvo acceso Página/12–, el TOC 9 cuestionó en duros términos “la inacción policial y judicial” para proteger a la víctima, una muchacha que tenía 19 años al momento de los hechos. Puntualmente, la sentencia objetó que “las sucesivas denuncias” efectuadas por la mujer “recibieron tratamiento separado, empobreciendo la investigación, sin advertir que todas se dirigían al mismo agresor, se encadenaban unas con otras y reflejaban los extremos de incremento de intensidad en una espiral típica de los casos vinculados a esta clase de violencias”. Las críticas apuntan al juzgado civil que intervino y a las comisarías 34ª y 52ª de la Policía Federal. Esta última seccional demoró casi un mes en notificar al acusado de que se había dictado una orden judicial que le impedía acercarse a su ex pareja.

“El riesgo propio de la situación de violencia fue manifiestamente subestimado por la autoridad policial, retaceando las medidas de protección y asumiendo actitudes rayanas al incumplimiento”, indicó el TOC 9, en relación con el desempeño de la comisaría 34ª.

El fallo fue muy elogiado en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema por el encuadre de la sucesión de hechos que se imputaban al agresor, Miguel Leonardo Paz, según pudo saber este diario. “Todas las conductas imputadas tuvieron por finalidad someter, vulnerar, hostigar y lastimar a la mujer”, precisa la sentencia. El TOC 9 se encargó de resaltar que los hechos constituyen “violencia contra la mujer” en los términos de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (conocida como Belem do Pará) y que esa categorización tiene relevancia jurídico-penal, es decir, que exige un tratamiento diferente que, en el caso, y tal como lo señala la sentencia, no se cumplió durante la investigación. “Se fraccionó y desatendió la información brindada por la damnificada, esterilizando la investigación”, consideró el TOC 9.

El tribunal estuvo compuesto por los jueces Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero y Luis María Cabral. En diálogo con Página/12, Ramírez explicó que “los delitos vinculados a violencia familiar no pueden ser investigados del mismo modo que los que ocurren entre extraños o en ámbitos públicos, porque son delitos que normalmente no se expresan en una única conducta sino en un conjunto de conductas que deben ser examinadas juntas puesto que si se las toma de manera aislada –aun cuando alguna de ellas adquiera por su particularidad una entidad delictual– no se percibe la verdadera intensidad del daño”. El fallo del TOC 9 está en línea con la reciente resolución del juez de Garantías No 8 de Lomas de Zamora, Gabriel Vitale –-revelada por este diario–, por la cual negó la excarcelación a un hombre que incendió la moto de su ex esposa y rompió la vidriera de su comercio, porque entendió que la agresión se dio en un contexto de violencia de género y consideró que la mujer corría peligro de femicidio.

La mayoría de los casos de violencia contra las mujeres que derivan en la Justicia penal son archivados. Los pocos que avanzan en un juicio terminan con el imputado beneficiado por una probation –por el monto de la pena aplicada– o el acuerdo de un juicio abreviado, donde el acusado reconoce la culpabilidad de los hechos y el fiscal propone una pena –generalmente–- “en suspenso”, explicaron en la OVD. La singularidad del fallo del TOC 9 es que no sólo encuadra los episodios investigados en el marco de una relación de violencia de género –con sus particularidades–, sino que además impone una condena de cumplimiento efectivo. De todas formas, en la OVD aclararon que no se trata de meter en la cárcel a todos los golpeadores, pero sí en función del tipo de delitos que se les imputa.

Paz fue encontrado culpable de los delitos de privación ilegítima de la libertad de su ex (un día la subió en un auto a punta de pistola cuando ella iba caminando por la calle con el hijo de ambos, de 10 meses, y la mantuvo secuestrada durante un par de horas, la amenazó de muerte y la golpeó, hasta que la liberó en un parque) y desobediencia a la autoridad (no cumplió con la prohibición de acercarse a ella que le había dictado un juzgado civil), en concurso real con lesiones (la golpeó al menos en dos oportunidades) y amenazas (la intimidaba con mensajes de texto).

El TOC lo condenó a cinco años de prisión. Como Paz estaba bajo libertad condicional al momento de las agresiones a su ex por una condena de robo y tenencia ilegal de armas, el tribunal le sumó la pena anterior y tendrá que pasar ocho años tras las rejas. La representación legal de Paz estuvo a cargo de la defensora pública oficial, Graciela De Dios, quien pidió su absolución. Paz negó los hechos durante la instrucción y alegó que habían sido “inventados” por su ex pareja para perjudicarlo e impedirle el contacto con el niño. El TOC 9 no le creyó.

Habla uno de los jueces
Un fallo innovador
El presidente del Tribunal Oral en lo Criminal No 9, Fernando Ramírez, explicó a Página/12 los fundamentos del fallo que condenó a cinco años de prisión a un ex marido golpeador. Ramírez señaló que en estos casos los delitos que se imputan no pueden ser analizados como hechos aislados y también debe entenderse que la víctima de violencia de género “no es una víctima clásica”, sino que “puede parecer como dubitativa, por momentos complaciente, insegura, desinteresada, incoherente”.

–¿Cómo deben investigarse los delitos vinculados a violencia familiar?
–No pueden ser investigados del mismo modo que los delitos que ocurren entre extraños o en ámbitos públicos, porque son delitos que normalmente no se expresan en una única conducta sino en un conjunto de conductas que deben ser examinadas en su totalidad, puesto que si se las toma de manera aislada, aun cuando alguna de ellas adquiera por su particularidad una entidad delictual, no se percibe la verdadera intensidad del daño.

–¿Cómo debe escucharse a las víctimas?
–Siempre que se examine un delito categorizable en términos de violencia de género, se debe tener presente que la víctima no es una “víctima clásica”. Esto es lo más difícil de explicar. Debemos partir de considerar que hay un reconocimiento político-normativo, expresado en los compromisos internacionales que nuestro país ha asumido en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra La Mujer (Cedaw, por su sigla en inglés) y Belem do Pará, en punto a que la “histórica desigualdad de poder entre varones y mujeres” ha generado una efectiva y real desigualdad de posibilidades. Esta desigualdad se sostuvo, sostiene y perpetúa a partir de la fijación de estereotipos desde la cultura y la educación hasta en las propias normas. Esto, insisto, no es solamente una apreciación personal, es lo que las convenciones y tratados de derechos humanos expresamente reconocen. En este contexto de desigualdad estructural se construye la subjetividad de la mujer. En consecuencia, cuando una mujer resulta víctima de violencia de género, no se encuentra en desventaja desde que es victimizada sino que ya estaba en desventaja desde antes, y esa situación va a influir en su reacción durante la agresión y después de ésta. Si no se entiende esto, la víctima puede parecer como dubitativa, por momentos complaciente, insegura, desinteresada, incoherente. En muchos casos se la examina como una “persona con problemas” o que “se puso en una situación difícil”.

–¿Cómo suele entenderse a la víctima en la Justicia penal?
–Como el Derecho Penal parte de considerar que resulta esperable que las personas actúen dentro de un determinado estándar, la actitud de la víctima de violencia de género suele interpretarse como ambigua y poco confiable. Por cierto que esto está vinculado al tema, por demás complejo, de que la medida del Derecho Penal es la de un “varón término medio”. Ante esta situación no falta quien, seguramente de buena fe, procure formas de “tutelaje”, que bajo la apariencia de proteger a la mujer terminan dejándola de lado. Una interpretación adecuada de los compromisos internacionales obliga al Estado a buscar formas de brindar a la mujer las herramientas efectivas para acceder a la Justicia y para sostener y sostenerse en su reclamo. No es fácil. No se trata de que los fiscales o jueces de instrucción no tengan presente estas consideraciones. El problema es que el Derecho Penal no las considera, y que la perspectiva de género no ha sido ni remotamente incorporada a los estudios universitarios.

–¿Todavía no se estudia en las facultades de Derecho?
–La temática de género aparece en el estudio del Derecho como una categoría más de contenidos en lugar de incorporarse como una perspectiva que los atraviese a todos.

La relación violenta que derivó en condena
Una historia a los golpes
La chica y Miguel Leonardo Paz, el joven condenado, estuvieron en pareja durante un año y medio, entre enero de 2006 y noviembre de 2007. Fruto de ese vínculo tuvieron un hijo. Ella tenía otro de una relación anterior. Ella declaró que se separó “por problemas de violencia”, que él la golpeó en varias oportunidades, incluso durante el embarazo. Pero después de que terminara la relación, él comenzó a hostigarla, como suele ocurrir en otros vínculos conyugales signados por la violencia machista.

El 18 de febrero de 2008, la joven, que en ese momento tenía 19 años, presentó una denuncia civil por violencia familiar contra Paz, donde relató que él la había subido por la fuerza junto al hijo de ambos –entonces de 10 meses– a punta de pistola, los había mantenido cautivos algunas horas y la había amenazado de muerte con frases del tipo “si me hacés la denuncia te voy a matar, me voy a llevar al bebé”. Luego se había detenido en el parque ubicado en la avenida Escalada y Cruz, de Lugano, “en donde él le propinó golpes de puño en el rostro y en la oreja” y luego los abandonó. La denuncia se radicó en el Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Civil No 9, y se registró bajo el número 6827/08. Ante esa presentación, el juez interviniente dispuso dos días después la “prohibición de acercamiento” de Paz a su ex y al bebé, “en cualquier lugar donde éstos se encontraren”. Pero la comisaría 52ª de la Policía Federal demoró casi un mes en notificar la medida al acusado. Este fue uno de los aspectos que cuestionó el TOC 9 del accionar policial. El tribunal también objetó el desempeño del juzgado civil por no haber dado origen a una causa penal rápidamente, teniendo en cuenta que la mujer “aludió allí a una amenaza de muerte y a la existencia de un arma en poder de Paz”.

La joven empezó luego a ser amenazada a través de mensajes de texto en su celular. “Si no morís hoy, mañana o pasado...”, decía uno de los sms. “En cualquier momento T pateo la puerta, corte grupo comando. T vas a morir...”, decía otro. Fueron casi una decena. Paz le reclamaba que quería ver al niño. A la joven le pusieron consigna policial hasta mayo de 2008. Pero la comisaría 34ª pidió retirarla, en una carta firmada por su titular en la que puso “de manifiesto una concepción prejuiciosa y claramente discriminatoria” hacia la víctima, según advirtió el TOC 9.

El 29 de junio de 2008, alrededor de las 3.30 de la madrugada, la muchacha fue brutalmente agredida por Paz, cuando ella se encontraba en una esquina con un grupo de amigos. Según consta en la sentencia, le dio “golpes de puño en el rostro, lo cual le ocasionó un hematoma extenso en mejilla izquierda, derrame sanguinolento en conjuntiva izquierda y derecha, y hematoma en párpado superior del ojo izquierdo”. Paz se acercó al lugar en un auto, se bajó y sin mediar palabra le dio la golpiza, a pesar de la prohibición judicial que tenía de acercarse a ella.

El hostigamiento continuó, según la denuncia de la joven. Los hechos por los que fue juzgado y condenado se extendieron hasta el 16 de septiembre de 2008. Según relató la mujer, ese día le mandó otro sms que decía “agarrate D la Q se viene conchuda”.

“Si bien la Justicia civil, ante la presentación de la mujer el 18 de febrero evaluó correctamente el riesgo (riesgo elevado que confirmó la profesional del Cuerpo Médico Forense en su informe del 17 de julio), ordenando de inmediato una medida protectiva, subestimó las afirmaciones de la reclamante y omitió poner en conocimiento de las autoridades de seguridad o judiciales las referencias que daba respecto de la existencia de amenazas y exhibición de armas”, cuestionó el tribunal.

lunes, 18 de abril de 2011

QUE HAY DETRAS DE LA LEY QUE PRETENDE REGULAR LAS PREPAGAS




Lobby significa, literalmente, vestíbulo. Es el ambiente donde se desarrolla la previa a la acción principal. En un hotel es el lugar de encuentro para salir a cenar, por ejemplo, y durante la espera obviamente se conversa. Esa situación que parece inofensiva, no lo es tanto cuando se traslada a las esferas políticas, donde las conversaciones se dan entre sectores que tienen en juego intereses definidos. Un ejemplo reciente es el de las empresas de medicina prepaga, que “conversaron” en reiteradas oportunidades con diputados, senadores y medios de comunicación sobre un único tema: la inconveniencia (según su punto de vista) de votar el proyecto de ley que se discute desde 2008 y que regularía la actividad. Los principales puntos de la norma son: controlar los aumentos en las cuotas mensuales, impedir el rechazo de solicitudes por enfermedades preexistentes y prohibir el aumento de las cuotas a los asociados que alcanzan la edad jubilatoria. Después de muchas idas y vueltas, el compromiso es tratarla en la próxima reunión plenaria de Diputados y se convertirá, o no, en ley. Las “charlas” del sector empresario con los legisladores consiguieron que el proyecto lleve más de tres años en el Congreso nacional sin ser votado. Bien puede decirse que el lobby del sector es feroz en las dos vertientes, mediática y legislativa.

En la actualidad, casi cinco millones de argentinos están afiliados, en forma directa o a través de obras sociales sindicales o planes corporativos, a algún servicio de medicina prepaga. Durante 2009, gastaron 12.807 millones de pesos. Ese es el sector social afectado por el proyecto de regulación, pero también el resto de la sociedad, ya que la posibilidad de incorporarse se abriría a quienes hoy no cumplen con los requisitos empresarios.

En la edición del martes 12 de abril, el diario La Nación dedica un editorial al tema y manifiesta su preocupación porque “la iniciativa contiene muchos aspectos perniciosos para la actividad que, en ciertos casos, podría conducir a la bancarrota del sistema”. Es curiosa la similitud de términos entre este editorial y las declaraciones de Claudio Belocopitt, titular de Swiss Medical, una de las prepagas más grandes, quien el año pasado –cuando los senadores se aprestaba a debatir el proyecto– decía que si se sancionaba la ley, “el sector irá a la quiebra. Es como si se obligara a una empresa de seguros a asegurar autos chocados”.

El 7 de abril pasado, el diario Clarín llevó la cuestión a la tapa pero con una lectura caprichosa: “El Gobierno estudia regular las prepagas como reclama Moyano”, decía el título de la nota, mezclando dos cuestiones claramente diferenciadas.

El proyecto de regulación de medicina privada, firmado por Eduardo Macaluse, de Solidaridad e Igualdad (SI) –y apoyado por el oficialismo–, apunta a que las empresas no puedan rechazar solicitudes de afiliación por enfermedades preexistentes, aumentar las cuotas de sus afiliados cuando superan los 65 años o establecer “carencias” para los nuevos afiliados (no cobertura en el tratamiento de determinadas enfermedades).

El reclamo del líder de la CGT, en cambio, se relaciona con la desregulación que permite pasarse de una obra social sindical a otra. El camionero sostiene, con cierta base de razón, que los trabajadores eligen entre las veinte obras sociales que firmaron convenios con prepagas para obtener la cobertura con los aportes de su sueldo o pagando un extra mucho más bajo que la cuota real. Esa situación iría en desmedro del resto de las obras sociales que se quedarían, según Moyano, con los empleados de sueldos más bajos. Y pide, en consecuencia, que se ponga un límite a ese drenaje. Este reclamo se produjo en el marco de otro mayor: el pago de nueve mil millones de pesos que el Fondo de Distribución Solidario adeuda a las obras sociales sindicales.

No hay dudas: la regulación del mercado de prepagas y el reclamo de Moyano son dos cuestiones claramente diferenciadas aunque Clarín quiera presentarlas como una sola, basándose en especulaciones tales como que si se aprueba la ley, y si esa ley crea un ente regulador, ese ente “terminaría cumpliendo con las restricciones que demanda Moyano”. En las mismas páginas, el matutino refleja las quejas de sector empresarial que, en ese caso, eligieron disparar contra las obras sociales –“deberían mejorar sus prestaciones”– y a favor de que los usuarios “se atiendan libremente en el lugar que ellos quieren”.

Cinco años y poco más. Ese es el tiempo que pasó desde el primer intento por poner reglas claras en el negocio de la medicina privada. No es que en esos 1.625 días y poco más (por los bisiestos y esas cosas del calendario) los diputados y senadores de turno discutieran acaloradamente sobre la cuestión. Para nada. Aquel primer proyecto que intentaba regular la actividad de la medicina prepaga, elaborado en 2006 por Patricia Vaca Narvaja, hoy embajadora en México, nunca se trató. El lobby empresario tenía éxito.

Pasaron dos años hasta que Eduardo Macaluse lo reformuló y presentó con el apoyo del oficialismo y bloques menores, como Buenos Aires Federal. En general, el Grupo A del Congreso, conformado por legisladores de la UCR, Pro, Peronismo Federal y Coalición Cívica, se opone sistemáticamente a las iniciativas apoyadas por el gobierno nacional, pero este proyecto fue la excepción: la Cámara lo votó por unanimidad y en tiempo récord.

Con esa media sanción, la norma pasó a la Cámara de Senadores, donde durmió el sueño de los justos por los siguientes veinte meses en los cajones de la Comisión de Salud del cuerpo. A fines del año pasado, cuando el proyecto estaba a punto de perder estado parlamentario –con lo cual volvería todo a fojas cero y deberían esperarse dos años para volver a presentarlo–, la presión de las ONG de usuarios y consumidores y la difusión del tema por parte del diario Tiempo Argentino –que realizó un detallado seguimiento de la cuestión– llevaron a los senadores a tratar el proyecto.

Fueron meses álgidos en el lobby empresario y algunos legisladores fueron permeables a los argumentos. Claudio Belocopitt, presidente de la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales y titular de Swiss Medical, envió una carta a los 72 senadores en la que sostenía: “Estamos ante la inminencia de un perjuicio abrumador para los afiliados”, y ponía un ejemplo, si se quiere, caprichoso. Decía que en su prepaga un grupo de 12 socios consumirían 24 millones de pesos en el transcurso de un año y que, si hubiera 200 en esas condiciones, “significaría la quiebra inmediata”.

En las reuniones que realizaban en esos días los asesores de la Comisión de Salud del Senado, un asesor del presidente de esa comisión, José Cano (UCR), pretendió modificar el proyecto para que las empresas de medicina prepaga pudieran rechazar afiliaciones por la preexistencia de enfermedades y las habilitaba para aumentar las cuotas a los socios mayores de 65 años. Su argumento central fue que si las prestadoras “aceptan las preexistencias y no suben a jubilados, se funden”. ¿Otra casualidad en la coincidencia de argumentos?

En el ínterin de estas idas y vueltas legislativas, las empresas de medicina prepaga aumentaron sus cuotas cuatro veces: 12 por ciento en diciembre de 2009, 8 por ciento en abril de 2010, 15 por ciento en agosto de 2010 y otro tanto en diciembre pasado. El argumento es que pagan bienes y servicios a valor dólar, pero olvidan que los salarios, incluso los que ellas pagan, son en pesos.

También se supo en este tiempo que las prestadoras retenían a las farmacias el 25 por ciento del descuento que sus socios obtenían en remedios, contra el 17 por ciento como máximo que retiene, por ejemplo, PAMI.

Y desde Cadime (Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico), integrada por más de 10.000 pymes en las especialidades de Análisis Clínicos, Diagnóstico por Imágenes, Radioterapia y demás practicas ambulatorias, denuncian “la concentración financiera y prestacional en los grandes actores de la medicina prepaga y la relación oligopólica que establecen con los prestadores, fijando el valor de los aranceles”. Y apoya el proyecto porque “la salud no puede estar expuesta al libre juego de la oferta y la demanda”.

El lobby empresario es moneda corriente en el mundo, y en la Argentina. Ahí están como ejemplo la oposición sistemática de los grupos multimedios más poderosos a la Ley de Medios y el freno que las mineras pusieron durante años a la ley de protección de glaciares. En el caso de las empresas de medicina privadas, el lobby no habrá sido tan espectacular, pero fue feroz en el tiempo.

“Es, por lo menos, el tercer proyecto de regulación del sector que corre riesgos de ser absorbido por el lobby empresario –manifestó el ex ministro de Salud de Raúl Alfonsín, Aldo Neri, a Tiempo Argentino–. La presión de las prepagas siempre es fuerte y el problema es que nunca se sabe el nombre del operador. La influencia sobre los legisladores ya se sentía a fines de los ’80, cuando estaba naciendo el sistema.” Veinte años de un lobby sostenido y tres proyectos frenados no son poca cosa.

Finalmente el Senado aprobó la norma a fines del año pasado, a pesar de Juan Carlos Romero, ex gobernador de Salta y afín a Carlos Menem, quien durante el debate acusó al proyecto de “estatizar el sistema de salud privado” y relativizó la cuestión al asegurar que “se está mirando una parte del problema porque las prepagas son optativas y la obligación real con la salud es del Estado”.

Con algunas modificaciones (se excluyen las mutuales, cooperativas y obras sociales que funcionan como prepagas y se designa al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación), el proyecto volvió a Diputados y las presiones cambiaron de recinto. A fines de marzo, José Piva –de Medifé y la obra social Acción Social Empresaria (ASE)–, lobbista desde los ’80, caminó los pasillos de Diputados para “aclararles algunos puntos” a quienes, consideró, “no estaban informados”. Los memoriosos aseguran que ya en 2008 había “tirado algunas líneas” para detener la ley.

Consultado por Veintitrés, el director ejecutivo de la Cámara de Instituciones Médicas Asistenciales (Cimara), Federico Díaz Maté, explicó las razones por las que el sector se opone al proyecto de ley: “El artículo 10 del texto permite el libre ingreso de las personas, lo cual va a llevar a un inevitable aumento de los costos que si no es trasladado a las cuotas desfinanciará al sistema. Además establece un mecanismo de control de precios porque dice que la autoridad de aplicación establecerá las cuotas que va a tener que abonar una persona enferma: una enfermedad de hoy puede transformarse en varias enfermedades mañana y los tratamientos podrán mejorar, pero no sabremos qué costo van a tener”.

Básicamente, de eso se trata la medicina prepaga: como indica el nombre del sistema, el afiliado paga anticipadamente por la atención que necesitaría en caso de enfermarse en el futuro. Con las restricciones que ponen las empresas en la actualidad, la mayoría de esos afiliados son personas jóvenes o de mediana edad, de sueldos medios a altos, y fundamentalmente, no presentan problemas de salud. Es decir: las empresas cobran durante años cuotas que promedian los quinientos pesos por persona para brindar una atención que va de dos a tres sesiones clínicas al año, con suerte un análisis de sangre y una radiografía de tórax y, en el caso de mujeres, los análisis ginecológicos anuales (PAP, colposcopía y mamografía en las mayores de 35 años).

El miércoles 13 de abril, la Cámara baja votó el tratamiento preferencial del proyecto: en la próxima reunión plenaria del cuerpo se discutirá con o sin despacho de la Comisión de Salud. El resultado de esa votación demostrará el éxito o el fracaso del último embate del lobby empresario.

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Opinión

“Las empresas tratarán que no salga”
Por Eduardo Macaluse, Diputado nacional por Solidaridad e Igualdad (SI)

Las leyes que tocan a grandes corporaciones siempre son dificultosas y, obviamente, hay intereses en juego, pero va a salir. La corporación puede ejercer presión, debe haber llamados, el problema es si el que está en la banca la resiste o no. Nuestro objetivo es proteger al usuario y las empresas van a tratar de que no salga, pero es una regulación razonable. No hay motivos ni para que ellos se preocupen ni para que nosotros dejemos de sacarla.

El proyecto volvió a Diputados en diciembre, podríamos haberla tratado en la última sesión de ese mes pero ya estamos en abril y todavía no lo hicimos. En una ley de este tipo necesitamos un consenso muy fuerte, es mejor esperar y votarla con consenso que apurar las cosas. El miércoles 13 se aprobó el tratamiento preferencial con los dos tercios de la Cámara, lo cual significa que va a ser tratada, con o sin despacho de la Comisión de Salud, en la próxima sesión. Eso demuestra que hay una voluntad política.

No estoy de acuerdo con la modificación que se hizo en el Senado para sacar del ámbito de la ley a las mutuales y cooperativas, como el Hospital Alemán o el Italiano, porque si bien son entidades sin fines de lucro, participan activamente en el sector con mucho poder y necesitan regulación. Pero prefiero un marco regulatorio con déficit que la falta de un marco, como sucede en la actualidad. Es parte del trabajo de consenso, no siempre conforma plenamente a todos. Algo hay que ceder y en este caso, cedo yo.

lunes, 11 de abril de 2011

Una ciudad sólo para ciudadanos merecedores

Por Adriana Clemente *

La ciudad de Buenos Aires, aunque con desigualdades territoriales de larga data, supo tener una significativa tradición de inversión en materia social, producto tanto de su disponibilidad presupuestaria como megaciudad, como de su tradición progresista. Hoy las reformas impulsadas por la gestión de Macri en materia social hacen de la CABA un caso testigo para constatar cómo las políticas sociales expresan el modo en que un gobierno entiende la integración de su sociedad. Por concepto, las políticas sociales son un instrumento compensatorio de las desigualdades que genera el propio sistema. Cuando mayores son las restricciones del mercado de trabajo, mayor es la necesidad de intervención del Estado en clave de subsidio (directo o indirecto) para los sectores con menos posibilidades y peores condiciones de inserción laboral.

La recuperación de los hogares afectados por múltiples déficit a lo largo del tiempo es lenta, compleja y desigual según la situación de partida. La primera recuperación es la del consumo básico (alimentos, indumentaria), pero el resto de mejoras que refieren a la calidad de vida –acceso a la vivienda, mayores niveles de educación y calificación laboral– suponen la suma de intervenciones reparatorias y la capacidad de sedimentar progresos hasta que logra cambiar la tendencia de los indicadores de riesgo en la familia y su entorno. En tal sentido, cuando el Estado no interviene, los daños de la pobreza se tornan irreparables. Curiosamente, y según las declaraciones recientes del jefe de Gobierno porteño, el problema de la pobreza en la ciudad se explica por el aumento de los inmigrantes de países limítrofes y de la población del conurbano, que si bien pueden trabajar y consumir en la ciudad, no deberían vivir y mucho menos utilizar sus servicios públicos. Se trata de una idea de ciudad al estilo barrio privado, cuya hipótesis es que en la medida en que se brinda asistencia se promueve la estancia y “migración descontrolada” de pobres. La idea de que los pobres vienen de “afuera” y producen “gastos”, además de discriminatoria, desconoce cómo participa este sector de la economía de la ciudad y cómo contribuye con su trabajo precarizado a maximizar ganancias de los mismos sectores que los señalan como flagelo.

Es una falacia atribuir a supuestas restricciones financieras el modo en que el gobierno de la ciudad más rica del país subejecuta su presupuesto para políticas sociales a partir del supuesto de que la política social es un gasto evitable y que los pobres se erradican a partir de no prestarles asistencia. Esta concepción perimida de la política social del gobierno porteño se expresa en el empeoramiento de indicadores sociales, la subejecución del gasto social y el veto de iniciativas destinadas a disminuir la brecha social en los campos más castigados, como son la salud, la vivienda y la protección de niños y jóvenes.

En cuanto al empeoramiento de indicadores sociales, el caso paradigmático es el aumento de la mortalidad infantil en proporción inversa a su disminución en todo el país. Este aspecto no se correlaciona con la subejecución del Programa Nacional Nacer destinado a atacar este flagelo. Según un informe del Ministerio de Salud (2010), en dos años de ejecución este programa sólo alcanzó al 10 por ciento de su población, objetivo que era de 72 mil beneficiarios.

El caso de la política habitacional combina aspectos jurídicos, presupuestarios y legislativos agravados por la magnitud del déficit habitacional en la ciudad. Según el informe Buenos Aires sin Techo (2010), más de 15 mil personas viven en inquilinatos y pensiones, 12 mil en asentamientos y 170 mil en villas de emergencia. Como contrasentido, el Instituto de la Vivienda en noviembre del mismo año sólo había ejecutado el 18,6 por ciento de su presupuesto.

A su vez, las familias en situación de calle crecieron de manera exponencial en relación con las políticas de desalojo (10 por día en los dos primeros años de gobierno) y la no renovación de subsidios para el albergue temporal de familias de bajos ingresos. En consecuencia, no es que hay más pobres en la ciudad, sino que hay menos recursos para atender la demanda de vivienda de los más pobres, a la vez que se facilita la generación de nuevos casos. Es posible afirmar que se trata no sólo de favorecer la expansión del mercado inmobiliario, sino principalmente de materializar la idea de que la vivienda social no debe ser parte de la agenda del Estado, política ampliamente difundida en los ’90.

Finalmente, y como un ejemplo más del vaciamiento de la institución de política social en la ciudad, en febrero de este año se consigna el veto de una ley destinada a crear un programa de inclusión laboral para jóvenes víctimas del consumo de paco. Este caso, aunque justificado en tecnicismos, expresa de manera dramática cómo se enlistan las prioridades a la hora de pensar en los jóvenes pobres, foco principal de la política de seguridad del Gobierno de la Ciudad.

La puesta en acción de la idea victoriana sobre pobres no merecedores que recrea el Gobierno de la Ciudad es un retroceso para la sociedad en su conjunto. Al momento de evaluar un gobierno, el gasto social y su direccionamiento exponen las tensiones ideológicas y prácticas que se dan entre crecimiento económico y mecanismo de redistribución de la riqueza, ecuación que el gobierno nacional viene mejorando desde el 2003 y que el Gobierno de la Ciudad resuelve por omisión. ¿Cómo le explicamos al jefe de Gobierno de la Ciudad y a su gabinete que los pobres no son el problema de la ciudad, sino que el problema es el modelo que ellos representan?

* Vicedecana de la Facultad de Ciencias Sociales (UBA).

viernes, 8 de abril de 2011

ROBAR POR HAMBRE EN LA JUSTICIA ARGENTINA

Sándwich
En 1994, el entonces juez federal Juan José Galeano inició una causa por un detenido que, hambriento tras esperar varias horas para declarar, se comió un pebete de jamón y queso de un empleado del juzgado. Sorteada, la causa recayó en el juez Gustavo Literas, quien cerró el caso por sugerencia del fiscal Julio Castro.
Cabra
En 2004, el juez César Soria, de Catamarca, sobreseyó a dos jóvenes padres que habían hurtado una cabra en Chumbicha, para darles de comer a sus familias. Ambas vivían en la indigencia, por lo que el juez consideró que habían actuado “en estado de necesidad”.
Dos trozos de queso
En 2008, el juez Walter Candela sobreseyó a un joven que trató de llevarse dos porciones de queso de un hipermercado porteño, aplicando el principio de insignificancia. Pero la Cámara del Crimen revocó la sentencia y lo mandó a juicio oral.
Seis barras de chocolate
En 2010, la misma Cámara procesó a un hombre que había intentado llevarse seis barras de chocolate de un quiosco. El juez Eduardo Daffis Niklison lo había sobreseído, pero los camaristas consideraron que había cometido un delito contra la propiedad.

La empleada del juzgado acomoda cuatro sillas en una oficina que no llega a los seis metros cuadrados. Hay menos espacio considerando las tres personas que presenciarán la declaración, el escritorio donde está la computadora y las columnas de expedientes que “decoran” el despacho. No hay ventanas y la de la empleada es una jornada larga. Un día más en un juzgado abarrotado de la Ciudad, escenografía que se repite en Tribunales. La Justicia, no es novedad, colapsó hace rato y mientras no zafa de la crisis de recursos debe hacerle lugar a un caso que ayer encendió la polémica: un indigente fue enviado a juicio oral por robar cuatro quesos en un supermercado.

El fallo de la Sala VII de la Cámara del Crimen porteña se conoció el miércoles. La controvertida decisión fue tomada por Juan Esteban Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich, quienes procesaron al hombre por “hurto en grado de tentativa”. El indigente, que tendría antecedentes por robo, se escondió la comida entre la ropa, pero lo vieron y dieron aviso al personal de seguridad.

Mauro Divito, el tercer juez, votó en disidencia basándose en el “principio de insignificancia”. “La conducta del imputado debería considerarse justificada (...) Intentó sustraer cuatro pedazos de queso en circunstancias tales que ello importó un mal menor: pretendía evitar una afectación de su salud por falta de alimentos”, dice Divito. Según la causa, el hombre no comía desde hacía dos días y aunque pedía limosna en la calle, en el momento de la detención no tenía plata para pagar los quesos. Además, el forense que lo revisó indicó que el hombre presentaba un buen estado de salud pero estaba “adelgazado”. Por eso Divito pidió el sobreseimiento.

¿La Justicia debe atender este caso? Los especialistas consultados por Clarín coinciden en que “es más un tema social que penal” y hay salidas alternativas. Sobre todo cuando el escenario para atender la demanda no es el mejor. Según la asociación civil “Unidos por la Justicia”, el sistema judicial está colapsado a nivel nacional. Lo adjudican a la falta de voluntad para optimizar los recursos y a que no se avanza en la digitalización. “En Tribunales los expedientes todavía van en un carrito de un juzgado a otro. Detrás de cada papel hay alguien que está esperando una sentencia”, explica Martín Gershanik, abogado penalista y director de la entidad.

El del indigente podría ser uno de esos expedientes del changuito: “Como en ese caso, muchas veces el derecho penal termina aplicándose en los sectores más vulnerables. Sólo en la Provincia, el 80% de los detenidos espera fecha para juicio, la mayoría de bajos recursos”, ilustra Gershanik.

Para Carlos Bonicatto, Defensor del Pueblo de la Provincia, casos como el del indigente son generados por el estado de necesidad. “Esos temas no deberían ser resueltos por la justicia porque entonces estaríamos penalizando a la pobreza. Más bien es una cuestión social donde el Estado debe asistir a la persona. No se le puede negar un derecho básico como comer”, amplía Bonicatto.

A la misma figura de “necesidad” recurre Fabián Cardoso, abogado penalista y presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de Morón: “El Estado debe perseguir todo los delitos, pero en un caso así lo que se pone en juego es un bien para salvar otro bien: la vida de una persona. La situación de la Justicia es crítica. Funciona por el sacrificio de todo los que formamos parte de ella”, apunta. En la misma línea, el abogado penalista Joaquín Da Rocha, opina: “Está el argumento de insignificancia: un juez no se ocupa de las cosas mínimas. Pero además está el estado de necesidad. Entre el bien material, que son los quesos, y el bien que es su vida, él elige su vida porque es un bien mucho más importante. Este hombre robó porque tenía hambre, no robó ni vino ni desodorante, sino para comer”.